El Supremo afirma que Resistencia Galega es una organización terrorista “incipiente”
- Rebaja las penas que la Audiencia Nacional impuso a miembros de esta organización
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
El Tribunal Supremo ha dictado una resolución en la que considera que Resistencia Galega es una organización terrorista “incipiente” y, por ese motivo, rebaja las penas de cárcel a entre 8 y 14 años de prisión.
El Supremo confirma así la naturaleza terrorista de la organización, aunque acepta parte del recurso presentado por los condenados y les rebaja las penas que les impuso la Audiencia Nacional de entre 10 y 18 años.
Entiende que “las pruebas acreditan” que los condenados estaban “integrados en una organización terrorista” y afirma que “es indudable que la organización Resistencia Galega a la que pertenecían los acusados pretendía subvertir el orden constitucional español”.
Este grupo estaba formado por “un grupo de personas estable que para la defensa del independentismo gallego viene a admitir la fuerza y la violencia como el modo de conseguir sus objetivos, a espaldas de los mecanismos democráticos y por ello admitiendo y hallándose entre sus cometidos los ataques violentos contra patrimonio y personas”.
El Supremo rechaza así la argumentación de la defensa en su recurso de que “no hay financiación, no hay jerarquía... no hay organización terrorista, caben otras respuestas penales, pero no esta expansión del concepto de terrorismo".
Sin embargo rebaja las penas porque los acusados “carecen de antecedentes penales y la organización terrorista a la que pertenecen se hallaba en fase incipiente y sin una consolidada estructuración, con una limitada incidencia en la sociedad”.
La Audiencia Nacional impuso Eduardo V., Roberto D. 18 años de prisión y a Antón S. y María O. 10 años de cárcel, al no considerarles responsables del delito de tenencia de explosivos. Ahora deja esas penas en 13 años y 9 meses de cárcel y 7 años y 9 meses, respectivamente.
(SERVIMEDIA)
24 Abr 2014
SGR/gja