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La Infanta accederá al juzgado en coche ante la previsión de que haya “grupos hostiles”

MADRID
SERVIMEDIA

El juez decano de Palma de Mallorca, Francisco Martínez Espinosa, ha decidido permitir que la infanta Cristina acceda en coche a los juzgados el próximo 8 de febrero, cuando debe comparecer ante el magistrado José Castro para declarar como imputada en el marco del ‘caso Nóos’, debido a la previsión de que en la zona haya “grupos hostiles” en un “clima de tensión social”.

El acuerdo del juez Martínez Espinosa señala, en base al informe elaborado por la Policía Nacional, que se trata de “un acto programado con anterioridad y de público conocimiento, de gran repercusión mediática, en zona de actuación concreta y limitada, con topografía de rutas de entrada y salida inadecuadas, con previsión efectiva de grupos hostiles y con gran repercusión en redes sociales y en clima de tensión social”.

El decano de Palma ha accedido así a la petición de la Policía Nacional, quien aseguró este miércoles en un informe que la Infanta debía acceder a los juzgados en coche y no a pie “por estrictos motivos de seguridad”. El informe de la Jefatura de la Policía Nacional en Baleares afirmaba que la llegada de la hija del Rey en coche es “absolutamente recomendable y estrictamente necesario en orden a garantizar el nivel de seguridad adecuado”.

La hija del Rey se ahorra así el ya famoso ‘paseíllo’ por la rampa que conduce a los juzgados de Palma de Mallorca, un recorrido que si ha tenido que realizar en dos ocasiones su marido, Iñaki Urdangarin. La citada rampa es el acceso trasero a los juzgados y es utilizado los fines de semana cuando la puerta principal, que da a la Vía Alemania de Palma de Mallorca, se encuentra cerrada. Al interior del recinto, donde se encuentra la rampa, solo pueden acceder periodistas y los reporteros gráficos acreditados.

Se espera que la Policía Nacional ponga en marcha un fuerte dispositivo de seguridad en los alrededores de la sede de los juzgados con motivo de la declaración de la infanta como imputada.

AUSENCIA DE ARBITRARIEDAD

El escrito de Martínez Espinosa señala que la decisión “en modo alguno se encuadra en lo estrictamente jurisdiccional” si no que es una “cuestión de índole gubernativa o administrativa, referida al buen gobierno y ordenación de recursos para su adecuada utilización”. “Ello permite entender que frente a la regla general indicada, cuando concurran razones de seguridad o de otra índole igualmente atendibles, puedan establecerse excepciones, si resultan debidamente justificadas, contrastadas, y mediante resolución motivada. No en vano nuestra Constitución proscribe la arbitrariedad de los poderes públicos”, indica el acuerdo del juez decano.

(SERVIMEDIA)
31 Ene 2014
DCD/man