La Audiencia Nacional confirma que Aznar no declarará por los ‘papeles de Bárcenas’
- Pero deja la puerta abierta a que declare en el hipotético juicio
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La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha confirmado que el expresidente del Gobierno José María Aznar no deberá declarar como testigo en el marco de la causa en la que se investiga la supuesta contabilidad B del PP y los conocidos como los ‘papeles de Bárcenas’.
Los magistrados de la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal han avalado la decisión adoptada por Ruz el pasado mes de julio, cuando rechazó interrogar al expresidente del Gobierno. El tribunal, presidido por Ángel Murillo, considera que Aznar, en todo caso, debería declarar en el hipotético juicio por los ‘papeles de Bárcenas’ y no en la fase de instrucción en la que nos encontramos. “Tal medio probatorio deberá solicitarse a fin de que tenga lugar en el acto del plenario si el tribunal enjuiciador lo estimara necesario para el esclarecimiento de los presuntos hechos delictivo”, señala la Sección Cuarta en un auto dictado hoy.
Ruz subrayaba en un auto dictado el 3 de julio la “irrelevancia e innecesariedad” de la toma de declaración de Aznar y aseguraba que no se había justificado “de forma suficiente la pertinencia de tal testimonio al objeto de la investigación en curso”.
El interrogatorio fue solicitado por la Asociación de Abogados Demócratas de Europa (Adade), que ejerce la acusación popular en la causa por los ‘papeles de Bárcenas’, a raíz de que el exdiputado Jaime Ignacio del Burgo asegurase que Aznar autorizó los pagos al exconsejero navarro Calixto Ayesa.
Del Burgo, en su declaración en la Audiencia Nacional el pasado 21 de mayo, dijo que el expresidente del Gobierno autorizó los pagos a Ayesa, que se produjeron entre 1991 y 1995 a razón de 3.600 euros mensuales y que eran entregados en sobres por el extesorero del PP Luis Bárcenas. Estos pagos a Ayesa serían una compensación por haber tenido que cerrar su consulta dermatológica cuando entró a formar parte del Gobierno Foral.
Ruz señalaba en su resolución que no hay elementos que le lleven a dudar de las palabras de Del Burgo. Señalaba que la declaración del exdiputado popular “resultó firme, consistente y coherente” y que no tenía “duda o incertidumbre sobre la aparente veracidad” de sus palabras.
PAGOS A AZNAR
El magistrado de la Audiencia Nacional entendía además que los hechos que Del Burgo atribuyó a Aznar no tienen “relevancia penal, habida cuenta de la fecha de su ocurrencia”. Ruz, en definitiva, decía no advertir en los motivos alegados por Adade “razón o fundamento suficiente que justifique la necesidad, idoneidad o razonabilidad” de la toma de declaración del expresidente del Gobierno.
La Fiscalía Anticorrupción se había opuesto a la toma de declaración de Aznar al entender que esta diligencia “no aporta nada nuevo al procedimiento, ni resulta relevante o útil para el esclarecimiento de los hechos que se investigan”.
Ruz también rechazó interrogar a Aznar por los pagos de la supuesta contabilidad B. En los ‘papeles de Bárcenas’ aparecen varias entregas a una persona identificada como “J.M.” entre los meses de abril a agosto de 1990 por un importe total de 1.530.000 pesetas. El auto dictado por Ruz señalaba que de estos datos no se desprendía “actividad alguna de naturaleza indiciariamente delictiva, atendiendo también el tiempo pretérito a que tal actividad se refiere”.
(SERVIMEDIA)
22 Nov 2013
DCD