Acaba el plazo para que los proveedores comprueben las facturas sin pagar enviadas por las comunidades a Hacienda
- Y acepten que se las abonen a través del segundo tramo de la tercera fase del mecanismo de pago a proveedores
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Este jueves, 14 de noviembre, acaba el plazo para que los proveedores puedan consultar la relación de facturas pendientes de pago remitidas por las comunidades autónomas al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y aceptar, en su caso, el pago de la deuda a través del mecanismo de plan de pago a proveedores.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica una orden del Ministerio de Presidencia por la que se hacen públicas las características principales del segundo tramo de la tercera fase del mecanismo de pago a proveedores.
Aquellos proveedores no incluidos en la relación inicial, podrán solicitar hasta el 15 de noviembre a la comunidad autónoma deudora la emisión de un certificado individual de reconocimiento de la existencia de obligaciones pendientes de pago.
El certificado individual se expedirá por el Interventor General de la comunidad en el plazo de diez días hábiles desde la presentación de la solicitud. En el caso de que no se hubiera contestado la solicitud en plazo se entenderá rechazada.
Además, hasta el 29 de noviembre la comunidad autónoma comunicará al Ministerio de Hacienda, por vía telemática y con firma electrónica, una relación completa certificada de las facturas que hayan sido aceptadas por los proveedores.
Una vez recibida esta relación, el departamento de Cristóbal Montoro, tomando en consideración la situación financiera de la comunidad, comprobará la adecuación de la cuantía de las obligaciones registradas en 2013 a la revisión del objetivo de estabilidad presupuestaria establecido para 2013.
Si la situación financiera de la región pusiera de manifiesto que el importe de las obligaciones pendientes de pago generadas en 2013 incluidas en este tramo del mecanismo excede de la revisión del objetivo de estabilidad presupuestaria establecido para todo el presente ejercicio, restadas las facturas incluidas en el primer tramo de esta fase, se aplicará como criterio de prioridad de pago la obligación pendiente de pago más antigua.
(SERVIMEDIA)
14 Nov 2013
BPP