El TC considera que la derogación del ‘decreto antidesahucios’ andaluz deja sin efecto el recurso presentado por el Gobierno
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El Tribunal Constitucional considera que la derogación del 'decreto antidesahucios’ por parte de la Junta de Andalucía con la aprobación de una ley de similar contenido deja sin efecto el recurso presentado ante el Alto Tribunal por el Gobierno de Mariano Rajoy donde se solitaba la suspensión de la norma.
El Pleno del Constitucional ha acordado declarar la “desaparición sobrevenida del objeto del incidente sobre el mantenimiento o levantamiento de la suspensión” referido al Decreto Ley 6/2013, de 9 de abril, de la Junta de Andalucía, el llamado 'decreto antidesahucios'.
Esta norma quedó suspendida cautelarmente el pasado 9 de julio como consecuencia de la admisión a trámite del recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno, posteriormente fue derogada por la Junta de Andalucía, al aprobarse la Ley 4/2013, de 1 de octubre, de medidas para asegurar el cumplimiento de la función social de la vivienda.
El TC ha analizado si, una vez derogado por la Ley 4/2013, debe mantenerse o levantarse la medida cautelar de suspensión que pesaba sobre el Decreto Ley 6/2013.
El Tribunal afirma que la derogación del decreto ha provocado “la desaparición sobrevenida del objeto del incidente sobre el mantenimiento o levantamiento de la suspensión”, pues “no es posible” resolver si debe mantenerse o no una medida que afecta a una disposición que no se encuentra vigente por haber sido derogada por la Junta de Andalucia.
Esta decisión, aclara el Pleno, no supone “pronunciamiento alguno sobre el fondo del asunto planteado en el presente proceso constitucional”. Es decir, el Tribunal Constitucional resolverá en su momento el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno contra el 'decreto antidesahucios' de Andalucía. Sólo entonces podrá determinar si ha decaído o no el objeto del recurso.
RECURSO DEL GOBIERNO
El Tribunal Constitucional admitió a trámite el pasado 11 de julio el recurso presentado por el Gobierno de Mariano Rajoy, contra el decreto-ley de la Junta de Andalucía que permitía expropiar temporalmente a los bancos viviendas para alojar a desahuciados, por lo que la suspende durante cinco meses hasta su decisión definitiva.
El decreto, de 9 de abril de este año, modificaba algunos artículos de la Ley 1/2010, de 8 de marzo, reguladora del derecho a la vivienda en Andalucía, y contenía una disposición adicional segunda con el objeto, según la Junta, de garantizar el "el cumplimiento de la función social de la vivienda".
El decreto permitía expropiar temporalmente los inmuebles propiedad de entidades financieras de los que se fuera a desalojar a los residentes por impago de la hipoteca.
(SERVIMEDIA)
07 Nov 2013
BCR/gja