La CNMV reduce a 5 días la tramitación de emisiones de renta fija y pagarés a inversores profesionales
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha aprobado modificaciones de las Guías de Emisión de Renta Fija y de Pagarés con el objetivo de agilizar y acortar los plazos de aprobación de los folletos y fomentar que las empresas registren sus emisiones.
Según informó la CNMV, a partir de ahora el supervisor se compromete a verificar en un plazo de cinco días hábiles las operaciones de emisión de estos valores destinadas al mercado profesional.
En el caso de que la documentación sea incompleta, la CNMV hará sus comentarios a los borradores en cinco días hábiles y procederá a su registro en los cinco días posteriores desde la recepción de toda la información.
Con la revisión de estas guías para la emisión de Renta Fija y Pagarés, la CNMV pretende dar respuesta a las demandas actuales de eficacia y eficiencia del mercado "sin menoscabar, en ningún caso, la protección de los inversores".
Según la CNMV, uno de los cambios más significativas es la incorporación de un nuevo apartado específico sobre el régimen para emisiones en el ámbito profesional, es decir, que se refieran a valores con un valor nominal superior a 100.000 euros.
Por su parte, en la Guía de Pagarés se incorporan los criterios de buenas prácticas para la provisión de liquidez en las emisiones dirigidas a inversores minoristas, como son la obligación de introducción de órdenes de forma continua en el horario de negociación en el mercado en el que estén admitidos los pagarés y la transparencia informativa en las cotizaciones, entre otras.
Por otro lado, la CNMV ha incorporado también a la Guía de Renta Fija una serie de cambios normativos recientes, nacionales y europeos, que afectan al proceso de verificación de los folletos.
Entre ellos destaca el incremento de los umbrales de las excepciones de publicar folletos informativos, la inclusión de ciertas aclaraciones en relación al folleto base y a las condiciones finales, o la eliminación de ciertos supuestos en los que había que remitir obligatoriamente un suplemento.
También se han incorporado las nuevas restricciones a la comercialización entre minoristas de participaciones preferentes, deuda convertible y financiaciones subordinadas computables como recursos propios y se ha suprimido la sección relativa a aspectos particulares por tipo de valor.
(SERVIMEDIA)
05 Nov 2013
GFM