Madrid. La Comunidad actualiza los precios de los servicios sanitarios
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La Consejería de Sanidad aprobó hoy una nueva orden por la que se actualizan los precios públicos por la prestación de los servicios y actividades de naturaleza sanitaria de la red de centros de la Comunidad de Madrid, explicó su responsable, Javier Fernández-Lasquetty.
La orden, que será publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid en los próximos días, comienza su texto garantizando a los ciudadanos una asistencia sanitaria pública, gratuita y universal, en los términos previstos en la legislación del Estado.
Para aquellos supuestos en que, conforme a la citada normativa estatal, aparezca un tercero obligado de pago (mutuas, seguros, facturación intercentros), es necesario establecer los precios públicos.
Para determinar los precios públicos se utilizan los costes reales de los procesos que se obtienen de la contabilidad analítica de los distintos centros.
Las tablas de precios clasifican las actividades según se desarrollen en Centros de Atención Especializada, Centros de Atención Primaria y otros centros.
Esta nueva orden, que se actualiza periódicamente, sustituye a la anterior, vigente desde 2009.
Además, con esta medida se establecen los costes de la orden de precios públicos al coste real de los Servicios Sanitarios en los centros del Servicio Madrileño de Salud.
Uno de los objetivos fundamentales del listado de precios es poder facturar a empresas aseguradoras o mutuas de accidentes de trabajo.
Asimismo, a los asistidos bajo la cobertura del seguro escolar, el seguro obligatorio de deportistas federados y profesionales, el seguro de viajeros o el seguro de caza u otros terceros que deban pagar, según marca la normativa vigente, al Servicio Madrileño de Salud.
Las tablas de precios clasifican las actividades según se desarrollen en Centros de Atención Especializada, Centros de Atención Primaria y otros centros.
En los Centros de Atención Especializada, a su vez, se consideran las actividades relacionadas con la hospitalización, diferenciándose de las ambulatorias, así como de las técnicas y procedimientos diagnósticos y terapéuticos, y de otras actividades de naturaleza no asistencial.
Los precios públicos también son utilizados para la facturación intercentros, es decir, los pagan las empresas concesionarias cuando un paciente que pertenece a una población de referencia de un hospital de gestión indirecta
es atendido en otro centro de la red pública.
También se incluyen las tarifas correspondientes al transporte sanitario y la atención sanitaria móvil en urgencias y emergencias, los precios aplicables por las actividades y servicios de hemoterapia y transfusión, incluyendo un nuevo epígrafe para adaptar su catálogo a la realidad de la práctica clínica.
Asimismo, se recogen los precios públicos aplicables a los servicios y productos relativos a los Bancos de Tejidos de los Centros Sanitarios de la Consejería de Sanidad.
Por último, se contemplan los precios públicos aplicables a los servicios de unidades de referencia de enfermedades infecciosas y estudios genéticos, para aquellas situaciones excepcionales en las que no es posible el desplazamiento del paciente.
El nuevo listado incluye el coste de más de 1.100 procesos asistenciales, desde los 15 euros que se estima para algunas pruebas analíticas a los más de 90.000 euros por el parto y asistencia de un neonato de menos de 750 gramos al nacer.
(SERVIMEDIA)
05 Sep 2013
SMO