El Supremo critica al Gobierno por no tener en cuenta los informes de Acnur en las peticiones de asilo
- Ordena revisar la solicitud de una represaliado saharaui
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El Tribunal Supremo ha criticado al Gobierno por no tener en cuenta los informes elaborados por el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (Acnur) a la hora de estudiar las peticiones de asilo de los extranjeros que dicen ser represaliados en sus países de origen.
El Alto Tribunal también censura que el Ministerio del Interior abuse de los trámites de urgencia para denegar las solicitudes de asilo. Los magistrados de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo han hecho estas consideraciones al revisar la denegación de asilo al saharaui Rida El Kamle.
Esta persona, nacida en 1987 en el Sahara Occidental, solicitó asilo en enero de 2011 en el Centro de Internamiento de Extranjeros de la Isla de Fuerteventura, a donde había llegado pocos días antes junto con otros 21 saharauis. En su solicitud, dijo ser víctima de la toma por parte de la policía marroquí del campamento saharaui de Gdeim Izig a finales de 2010. El Kamle aseguró que la policía le propinó golpes y patadas y que tuvo que huir al desierto.
Acnur solicitó la admisión de la solicitud de asilo en un informe en el que señaló que muchos de los saharauis que habían huído a España podrían sufrir represalias si se les devolvía a Marruecos.
El Ministerio del Interior, a pesar de esta recomendación, denegó la petición de asilo y ordenó su repatriación a Marruecos al entender que los informes sobre el desmantelamiento del campamento de Gdeim Izig procedían de “fuentes claramente pro independentistas” y contenía interpretaciones “excesivamente parciales y distorsionadas”. “No existen indicios que indiquen que las autoridades marroquíes persiguen de manera sistemática y generalizada a la población saharaui a causa de su origen étnico”, señalaba la resolución del Ministerio del Interior.
La Audiencia Nacional confirmó esta decisión en mayo de 2012 al entender que el acuerdo del Ministerio del Interior estuvo “suficientemente motivado”.
VULNERACIÓN DE LA LEY DE ASILO
Los magistrados del Alto Tribunal, presididos por Manuel Campos Sánchez-Bordón, han estimado ahora el recurso de El Kamle y han ordenado al Gobierno admitir a trámite y estudiar su petición de asilo
“No consta que la administración prestara la menor atención a lo apuntado por Acnur, lo que supone una evidente infracción de la Ley de Asilo, que atribuye a este organismo un trascendente papel en la investigación de las solicitudes”, señala la sentencia hecha pública hoy. La Ley de Asilo reconoce a Acnur “el importante papel que desempeña en la tramitación de las solicitudes de asilo en España”, que contribuye a reforzar “las garantías del procedimiento”.
La resolución también señala que el Ministerio del Interior denegó de plano la solicitud de asilo del saharaui al tramitar su petición “por la vía acelerada” y “sin intermediar una previa y formal declaración a trámite”.
“Las solicitudes de protección internacional solo deben ser tramitadas por el procedimiento de urgencia cuando hayan sido formalmente admitidas a trámites”, indican los magistrado del Supremo, quienes señalan nos encontramos “ante una resolución denegatoria acordada mediante un procedimiento brevísimo que comporta una patente disminución de garantías para el solicitante”.
(SERVIMEDIA)
03 Mayo 2013
DCD