Caso Nóos. El fiscal argumenta que no se puede imputar a la Infanta por “sospechas personales”

MADRID
SERVIMEDIA

El fiscal Pedro Horrach considera que no se puede imputar a la infanta Cristina en el “caso Nóos” por meras “sospechas personales”, por lo que pide que la Audiencia de Palma de Mallorca revoque la declaración de la hija del Rey que se ha fijado para el próximo 27 de abril.

Horrach pide anular el auto dictado este miércoles por el juez José Castro, al que se solicita que suspenda provisionalmente la declaración de la Infanta hasta que resuelva la Audiencia provincial.

El representante del Ministerio Fiscal basa su argumentación en queconsidera que no hay indicios que contradigan el auto que el propio juez Castro dictó el 5 marzo del pasado año, en el que rechazaba la imputación de la Infanta, que había solicitado el Sindicato Manos Limpias.

Horrach cita por ello varios párrafos de este auto del juez, en el que éste afirmaba que los procedimientos penales no están para hacer una “prospección” ni “facilitar morbosa publicidad”. A este respecto, el fiscal afirma que “sobran más comentarios” a estas afirmaciones realizadas por el magistrado hace un año.

En esta línea, el fiscal remarca que “el procedimiento judicial persigue la búsqueda de la verdad material, no de ajustarla a expectativas o sospechas personales, deformándola”.

“CIRCUNSTANCIAS INOCUAS”

Tras exponer lo que considera falta de indicios contra la hija del Rey, Horrach se pregunta “qué hecho, dato, circunstancia, documento, testifical o cualquier otro elemento incriminatorio ha sobrevenido que altere sustancialmente las consideraciones penales” que ha venido manteniendo el juez en esta causa sobre la imputación de la Infanta.

“No alcanza este fiscal a comprender por qué sólo unos meses más tarde se apela a los mismos hechos y datos para sustentar la conclusión contraria”, añade esta representación de la acusación pública, quien añade que hay que actuar a partir de “los indicios supuestamente incriminatorios”.

A su juicio, los indicios que el juez Castro apunta contra la Infanta este miércoles “no merecen tal consideración jurídica, sino que constituyen meras circunstancias inocuas, inconsistentes y equívocas, en algunos casos, o meras sospechas personales, en otros, y que de las mismas no puede inferirse indiciariamente participación en conductas reprochables penalmente”.

A este respecto, el fiscal se refiere, por ejemplo, a que tiene “nula” relevancia penal que Doña Cristina acudiese junto a su marido, Iñaki Urdangarin, a un local que podría acoger una nueva oficina del Instituto Nóos.

“NO SE BARRUNTA”

Asimismo, el fiscal se queja de que en su auto de este miércoles el juez Castro no aluda expresamente a qué delito podría haber cometido la Infanta, de manera que sólo cabe deducir que de forma “solapada” se considera que ha podido cometer un delito de tráfico de influencias.

Sin embargo, Horrach estima que “la mera aparición de un nombre en los folletos informativos o de presentación de una entidad no es en sí mismo suficiente para la comisión de la citada figura delictiva, por alto que sea el rango personal o institucional de que se trate”.

“Dicho tipo delictivo”, dice el Ministerio Público, “exige la realización de una actividad añadida, consistente en influir, esto es, en la sugestión, inclinación, invitación o instigación sobre otra persona para alterar el proceso motivador de ésta en la toma de una decisión. No aparece en el auto objeto de impugnación, descripción de conducta alguna atribuible a Doña Cristina de Borbón que refleje una actividad en dicho sentido, ni ninguno de los elementos aportados a la causa acreditan actividad, siquiera indiciaria, atribuible a la misma”.

Por este motivo, el fiscal concluye que “si los indicios acumulados a lo largo de esta extensa investigación no poseen entidad penal, no se barrunta el sentido que tiene su citación en calidad de imputada”.

(SERVIMEDIA)
05 Abr 2013
NBC