El Supremo confirma los 60 años de cárcel para el Grapo Silva Sande por el asesinato de dos guardias civiles

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo confirmó hoy la condena a 60 años de cárcel para el ex dirigente de los Grapo Fernando Silva Sande como autor del asesinato de dos agentes de la Guardia Civil en Gijón (Asturias) en 1989.

Los magistrados del Alto Tribunal, presididos por el juez Adolfo Prego de Oliver, han rechazado los recursos presentados por Sande contra la sentencia dictada contra él en febrero pasado por la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.

Tras revisar esta condena, el Tribunal Supremo ha encontrado al dirigente de los Grapo culpable de los delitos de atentado contra los agentes de los Cuerpos y Fuerzas de la Seguridad del Estado y asesinato con las agravantes de alevosía y premeditación.

La sentencia hecha pública hoy establece como probado que, en el año 1989, Silva Sande era el jefe de un comando de los Grapo en el que se integraban Guillermo Vázquez Bautista y María Jesús Romero, ya condenados por estos hechos, así como Isabel Santamaría, fallecida en 1993.

En el mes de diciembre de 1989, Silva Sande y los tres miembros de su comando se desplazaron a Gijón con la intención de matar a dos agentes de la Guardia Civil que prestaban servicio en la Delegación de Hacienda de la ciudad.

El 28 de diciembre, y siguiendo el plan concebido por Silva Sande, los cuatro terroristas se dirigieron a la sede de la Delegación de Hacienda. Mientras Romero y Santamaría vigilaban en el exterior, Vázquez y Silva Sande entraron en la oficina y se dirigieron a la caseta de seguridad.

El acusado disparó a los dos guardias civiles y Vázquez Bautista los remató cuando se encontraban en el suelo. Antes de huir, los etarras robaron las armas reglamentarias de los agentes.

La sentencia del Tribunal Supremo destaca que “no se aprecia ningún vicio en la valoración de la prueba” por parte de la Audiencia Nacional ni “contradicción alguna con las reglas de la lógica o del razonamiento”

“Tampoco pueden acogerse las argumentaciones del recurrente dirigidas a restar credibilidad a las declaraciones sumariales del que fuera en su día coimputado en el crimen”, señalan los magistrados del Alto Tribunal en referencia a la declaración prestada por Vázquez en sede policial tras ser detenido y en la que inculpó a Silva Sande en los hechos.

(SERVIMEDIA)
27 Nov 2009
DCD/jrv