El Cermi examina los cambios que afectan a la discapacidad en la regulación de la asistencia jurídica gratuita
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El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) ha examinado en un informe de su Asesoría Jurídica los cambios que afectan a la discapacidad en la regulación de la asistencia jurídica gratuita, según los establece el Real Decreto-Ley por el que se modifica el régimen de las tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y el Sistema de Asistencia Jurídica Gratuita.
Así, el Cermi recuerda que la asistencia jurídica gratuita conlleva la exención de pago de distintas prestaciones, a las que se les ha añadido la exención de pago de las tasas judiciales, cuyo importe, según afirma el Comité, se elevó de forma "muy importante y con consecuencias muy negativas" recientemente.
En cuanto a los cambios que inciden a las personas con discapacidad y sus familias, para el Cermi, apuntan mejoras, "sin duda todavía insuficientes", y se han conseguido gracias a la labor reivindicativa del Comité, ya que, según explica, es un tema "clave" para garantizar que los derechos de las personas con discapacidad puedan ser ejercidos.
Entre las modificaciones que se establecen, destaca que, por primera vez, un supuesto de asistencia jurídica gratuita no tiene en cuenta la existencia de recursos o ingresos a favor de las personas con discapacidad intelectual, en el caso en que sean víctimas de abuso o maltrato. Para el Cermi es un “avance y un primer paso”, pero reclama que se extienda a otras discapacidades como el trastorno mental o con discapacidades del desarrollo, así como a aquellas situaciones en las que puedan verse afectados sus derechos e intereses.
Otro cambio al que hace referencia el Cermi es que se ha incrementado el umbral económico de las personas con discapacidad, que, hasta ahora, era el cuádruplo del indicador público de renta de efectos múltiples (Iprem) y ahora pasa a ser el quíntuplo (Iprem x 14 pagas x 5 = 37.275,7 euros). Además, según este cambio, las personas que ahora se beneficien del nuevo umbral pueden solicitar el reintegro de las cantidades abonadas en concepto de tasas devengadas conforme a la Ley de Regulación de las Tasas Judiciales, que han sufrido un "extraordinario" incremento.
En este sentido, en el beneficio se incluye también a las personas que los tengan a su cargo, en el caso de que actúen en un proceso en su nombre e interés, pero siempre que se trate de procedimientos que guarden relación con las circunstancias de salud o discapacidad que motivan este reconocimiento excepcional.
Por otra parte, el Cermi apunta una tercera modificación, que es el mantenimiento, para las personas con discapacidad intelectual víctimas de abuso o maltrato, de la posibilidad de que el juez o el tribunal podrán acordar que la asistencia pericial especializada gratuita se lleve a cabo por profesionales técnicos privados.
Sin embargo, para el Cermi, un elemento "preocupante" de esta normativa "de urgencia", que deberá ser consolidada en la futura Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, en proceso de gestación por el Gobierno en estos momentos, es el cambio en los criterios de valoración de la capacidad económica y patrimonial en el caso de personas jurídicas, que supone una restricción para que estas entidades puedan beneficiarse de la justica gratuita, y que el Cermi reclamará que se elimine en la norma legal definitiva que se prepara.
(SERVIMEDIA)
27 Feb 2013
RBA/gja