La Audiencia Nacional confirma la imputación del exasesor de Bildu que increpó a hinchas de la selección

- Por un delito de amenazas terroristas

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha confirmado la imputación por un delito de amenazas terroristas de Josetxo Ibazeta, el exsecretario personal del alcalde de San Sebastián, por el altercado que protagonizó al dirigirse contra varios aficionados de la selección española de fútbol que celebraban el triunfo en la pasada Eurocopa en julio pasado.

Los magistrados de la Sección Segunda de lo Penal, presididos por Ángel Hurtado, han rechazado el recurso de Ibazeta y han confirmado la imputación decretada por el juez Pablo Ruz el pasado 22 de noviembre. El magistrado dictó en aquella ocasión auto de transformación en procedimiento abreviado, una diligencia similar al procesamiento y que supuso el primer paso para sentar en el banquillo de los acusados al dimitido secretario personal del alcalde de San Sebastián, Juan Karlos Izagirre, de Bildu.

Los hechos tuvieron lugar sobre las 23.00 horas del pasado 1 de junio, cuando el entonces asesor personal del alcalde de San Sebastián se cruzó en el casco viejo de la ciudad guipuzcoana con un grupo de seguidores de la selección española de fútbol que, portando una bandera nacional, festejaban el triunfo del combinado de Vicente del Bosque en la final de la pasada Eurocopa.

“OS VOY A DAR DOS TIROS”

Ibazeta les amenazó de muerte al grito de “voy a sacar la pistola y os voy a dar dos tiros”, acompañando sus palabras con un gesto con el que simuló con su mano el estar disparando con un arma. El imputado llegó a impactar levemente con el dedo en la frente de uno de los seguidores de “La Roja” mientras gritaba un “pan, pan, pan” simulando el ruido de una pistola. También espetó un “gora ETA Militarra” ("viva ETA Militar") a los hinchas.

La Sección Segunda asegura que se debe atribuir a Ibazeta un delito de amenazas terroristas al concluir que su propósito fue “aterrorizar” a los seguidores de la selección española. Los magistrados aseguran que el imputado, con sus expresiones y gestos, “bien pudiera estar contribuyendo a los fines de la organización terrorista”.

NO ES TERRORISMO

La resolución ha contado con el voto particular discrepante del magistrado José Ricardo de Prada, quien considera que no se puede atribuir al exasesor de Bildu un delito de terrorismo y que, por lo tanto, la causa no es competencia de la Audiencia Nacional.

“Elevar a la categoría de terroristas lo que claramente es, sin más consecuencias, un mero rifirrafe o incidente callejero (…) significa a mi juicio una inaceptable e injustificada extensión del concepto de lo que es terrorismo”, señala De Prada en su voto.

(SERVIMEDIA)
21 Feb 2013
DCD