El juez acusa a Urdangarin de utilizar a la infanta como ‘gancho’ de Nóos
- Dice que trató de “rentabilizar” al máximo su parentesco con la Casa Real
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El instructor del ‘caso Nóos’, el juez José Castro, acusa en un auto dictado hoy al duque de Palma, Iñaki Urdangarin, de utilizar su matrimonio con la infanta Cristina como ‘gancho’ para sus negocios con el Instituto Nóos y de tratar de “rentabilizar hasta donde le fuera posible” su parentesco con la Casa Real.
Así se recoge en el auto dictado hoy por Castro, al que ha tenido acceso Servimedia, y con el que el magistrado ha fijado una fianza de responsabilidad civil de 8.189.448 euros para Urdangarin y su antiguo socio Diego Torres.
El titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Palma de Mallorca asegura que Torres y Urdangarin se unieron con el objetivo de “rentabilizar hasta donde les fuera posible ante entidades privadas e instituciones pública el área de influencia que, real o de obligada imaginación, se derivaba del parentesco del primero con la casa Real, nacido de su matrimonio con la Infanta doña Cristina, y a don Carlos García Revenga”
FUNCIONAMIENTO DE LA TRAMA
El juez Castro detalla en su resolución el mecanismo presuntamente utilizado por el yerno del Rey y su antiguo profesor en la trama. Señala en este sentido que Urdangarin y Torres, en sus esfuerzos por captar fondos de “entidades privadas e instituciones públicas”, no dudaban en subrayar ante los potenciales clientes “la colaboración de un miembro de la Casa Real y en algunos casos con el expreso añadido de la esposa de Urdangarin y del propio Secretario de la Institución”.
Los imputados utilizaban estos vínculos reales para inducir a los responsables públicos a saltarse los trámites legales en la adjudicación de contratos. “La directa intervención en persona de Iñaki Urdangarin y el anuncio del respaldo que le brindaban las altas personalidades vinculadas con la Casa del Rey determinaba a sus interlocutores, detentadores de relevantes cargos públicos y escasamente escrupulosos de la observancia de las normas sobre la contratación pública, a prescindir de los obligados trámites”, asegura la resolución.
DESVÍO DE DINERO
Una vez obtenían los contratos, Urdangarin y Torres se desvinculaban “de su exacto cumplimiento y justificación del coste”, ya que generalmente no se les exigía una rendición de cuentas. “Una vez captado el cliente y conscientes de que ningún control se ejercería sobre el cumplimiento del encargo, se despachaba éste de cualquier manera”, indica el juez Castro.
El dinero que obtenían “se derivaba hacia algunas de las restantes entidades que integran el entramado societario por el procedimiento de que éstas emitieran facturas que, o no venían respaldadas por contenidos reales o éstos se sobredimensionaban escandalosamente” y “luego se cruzaban facturas entre sí”.
“Incluso se procede a la derivación del beneficio obtenido al paraíso fiscal de Belice a través de la sociedad De Goes Center For Stakeholder Management”, afirma el juez.
(SERVIMEDIA)
30 Ene 2013
DCD