El recibo de la luz se facturará cada dos meses a partir de abril

- El consumidor podrá informar de la lectura del contador si no estaba en casa cuando fue el técnico

MADRID
SERVIMEDIA

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este lunes el real decreto por el que la factura de la luz será cada dos meses para los clientes que tengan contratada una potencia no superior a 15 kW.

Según la norma, recogida por Servimedia, este nuevo sistema comenzará a aplicarse “a las facturaciones de los consumos que se realicen a partir del día 1 de abril de 2013”.

Además, cuando el encargado de la lectura del contador no pueda acceder al equipo de medida para realizar la lectura, deberá dejar un “aviso de imposible lectura” en el que se indique un número de teléfono y una dirección web mediante la cual el usuario podrá facilitar la lectura de su equipo, así como el plazo para hacerlo. Si el usuario no remite la información, en ese caso la factura se realizará con un "consumo estimado".

Tanto los clientes acogidos a la tarifa de último recurso (TUR) como los del mercado libre, podrán elegir si quieren la facturación cada mes.

Para los consumidores que tienen equipos de medida con capacidad para telemedida y telegestión, y efectivamente integrados en los correspondientes sistemas, la lectura se realizará con una periodicidad mensual.

Las eléctricas enviarán a sus clientes una carta junto con las próximas tres facturas que comunicando la entrada en vigor de esta norma y dando publicidad al procedimiento para la solicitud de la facturación con carácter mensual.

(SERVIMEDIA)
14 Ene 2013
MML