ETA. Las víctimas solicitan defender la “doctrina Parot” ante el Tribunal de Estrasburgo

MADRID
SERVIMEDIA

La Fundación Víctimas del Terrorismo (FVT) ha decidido solicitar personarse y presentar observaciones ante la causa que se verá en los próximos meses en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo sobre la etarra Inés del Rio y la “doctrina Parot”.

Según informó la FVT, esta entidad considera que “dicha doctrina es para las víctimas y la mayoría de los españoles ‘un ejemplo de Justicia’”.

El Tribunal de Estrasburgo debe decidir si acepta un recurso del Estado español contra la sentencia de este órgano europeo en favor de la Inés del Río, a la que los jueces europeos consideran que se ha prologado irregularmente su estancia en prisión con la “doctrina Parot”.

En este sentido, la FVT informó este martes de que su presidenta, Mari Mar Blanco, se ha reunido en París con el abogado Gregor Puppinck. Se pretende contratar los servicios de este letrado para que la Fundación pueda personarse para presentar observaciones en el caso del recurso sobre la etarra Inés del Rio.

Para Mari Mar Blanco, “las víctimas del terrorismo consideramos que la ‘doctrina Parot’ es un ejemplo de justicia, ya que permite una condena más justa para los terroristas juzgados con todas las garantías de nuestro Estado de derecho, como es el caso de Inés del Rio, en cuyo ‘libro negro’ ha escrito una historia de múltiples asesinatos”

A través del abogado Gregor Puppinck, experto en el ámbito del Tribunal Europeo, la FVT, que ya ha informado de sus intenciones a las asociaciones y fundaciones de víctimas, tiene la intención de solicitar formalmente poder presentar observaciones por escrito sobre la citada causa o si es posible participar en la vista que está previsto que se celebre el próximo 20 de marzo.

EXCARCELACIONES

La “doctrina Parot” es el nombre habitual con el que se conoce la jurisprudencia establecida a partir de la sentencia del Tribunal Supremo de febrero de 2006 (resolución a un recurso presentado por Henri Parot, miembro de ETA). La sentencia estableció que la reducción de penas por beneficios penitenciarios (trabajo, estudios, etc.) se aplica respecto de cada una de ellas individualmente y no sobre el máximo legal permitido de permanencia en prisión que, según el ya derogado Código Penal de 1973, es de 30 años.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos sentenció que la llamada “doctrina Parot”, refrendada por el Tribunal Constitucional español, viola los artículos 7 y 5.1 de la Convención Europea de Derechos Humanos, por lo que instó al gobierno español a poner en libertad a la etarra Inés del Río Prada.

Esta terrorista fue condenada a más 3.000 años de cárcel por varios atentados terroristas y, después de 18 años de cárcel, tenía que haber sido puesta en libertad el 3 de julio de 2008 por haber obtenido los beneficios penitenciarios establecidos en el Código Penal de 1973 (redención de penas de hasta 12 años por trabajo o por estudios).

La sentencia del Tribunal de Estrasburgo puede afectar a decenas de miembros de ETA encarcelados. Por ello, el Gobierno de Mariano Rajoy discrepó y decidió recurrir ante la Gran Sala del Tribunal de Estrasburgo y que, mientras tanto, no pondrá en libertad a la condenada porque existe riesgo de fuga "sin ningún género de dudas".

(SERVIMEDIA)
18 Dic 2012
NBC