Huelga general. Los escoltas privados no pueden secundar el paro

MADRID
SERVIMEDIA

Los escoltas privados que protegen a personas no pueden secundar la huelga general de este miércoles, según una disposición del Ministerio del Interior.

Los servicios mínimos de la seguridad privada son “el 100% del personal que preste servicios de protección de personas, incluyendo los servicios prestados en buques pesqueros o mercantes que naveguen bajo bandera española con armas de guerra”.

Además, deberá trabajar el 85% del personal que preste servicios de seguridad “en las actividades de depósito, custodia, recuento y clasificación de monedas, billetes y demás objetos valiosos o peligrosos, así como en las de transporte y distribución”.

También deberá estar en sus puestos el 85% de empleados de la seguridad privada que trabajen “en los bancos, cajas de ahorro, entidades de crédito y en todos aquellos otros establecimientos, instalaciones o actividades en los que el servicio de seguridad se haya impuesto en general, con carácter obligatorio”.

Este alto nivel de cobertura también afecta a los vigilantes empleados “en instalaciones petroquímicas, refinerías y depósitos de combustibles”, así como “en centrales e instalaciones nucleares” y “en las fábricas de armas de fuego, en las de explosivos y en sus almacenamientos”. Lo mismo sucede con “las actividades de transformación, depósito, transporte y distribución de materias inflamables”, con los “servicios de suministro y distribución de agua, gas y electricidad” y con las centrales de alarma.

Por último, también debe ser del 85% la presencia de los empleados de seguridad privada que trabajen en “los transportes públicos (puertos, aeropuertos, ferrocarriles, etc.) y en los centros de telecomunicaciones”; y “en centros y sedes de medios de comunicación social”.

(SERVIMEDIA)
14 Nov 2012
NBC/caa/gja