Las víctimas podrán recurrir la excarcelación de terroristas y agresores sexuales

MADRID
SERVIMEDIA

El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, presentó hoy al Consejo de Ministros un informe sobre el futuro Estatuto de la Víctima, que, entre otras cuestiones, plantea que los afectados por delitos terroristas o sexuales puedan recurrir la libertad condicional de los condenados.

En concreto, según explicó el ministro en rueda de prensa en el Palacio de la Moncloa, el Estatuto de la Víctima contempla todo un “catálogo de derechos” para los afectados. En este colectivo se incluyen tanto las víctimas de delitos como las de catástrofes naturales o accidentes de transporte.

El titular de Justicia explicó que espera que en unos dos o tres meses pueda llevar el proyecto formal de Estatuto de Víctimas al Consejo de Ministros. Antes es necesario que se pronuncien sobre el mismo diferentes ministerios a los que afecta la nueva normativa.

Hasta entonces, el informe presentado hoy incluye aspectos como el nuevo papel de las víctimas a la hora de la ejecución penal de los condenados. El Ministerio de Justicia explicó que, lo que se plantea con el Estatuto de la Víctima, es que “la ejecución de las penas mantiene su naturaleza estrictamente estatal, pero se facilitarán cauces de participación a las víctimas de delitos de terrorismo, homicidio, lesiones, contra la libertad e indemnidad sexual penados con más de cinco años de cárcel o cuando se trate de hechos de los que se pueda derivar una situación de peligro para la víctima”.

Además, el Estatuto prevé que las víctimas “puedan recurrir las decisiones de especial trascendencia que se adopten, como la concesión de la libertad condicional o el alzamiento del periodo de seguridad, si no se ha indemnizado el delito cometido o si existe peligro para la víctima”.

MÁS INFORMACIÓN

Asimismo, para impedir una segunda victimización, entre otras medidas, “se evitará el contacto de las víctimas y sus familiares con los infractores, y se adoptarán medidas para facilitarles los interrogatorios, como que puedan estar acompañadas”.

La principal novedad que incluye consiste en que las víctimas, aunque no estén personadas en un procedimiento judicial, podrán recurrir las resoluciones de sobreseimiento y archivo que se dicten en un plazo amplio que les permita disponer de tiempo suficiente para valorar si deben hacerlo y personarse en las actuaciones.

Otros aspectos que incluirá el Estatuto de la Víctima es que los derechos de los afectados son independientes de su posible participación en el proceso penal. Esto supone que tendrán acceso a información concreta sobre la causa, fecha y lugar del juicio; notificación de sentencias; resoluciones de medidas cautelares; y de libertad del encausado, siempre y cuando lo soliciten y exista una situación de peligro que lo justifique.

También se les informará de cómo interponer la denuncia y se les ofrecerán servicios asistenciales, asesoramiento legal, acceso a medidas de protección y una vía de contacto para recibir información sobre el estado del asunto. También dispondrán de servicios de traducción e interpretación gratuita para que puedan ejercer sus derechos.

(SERVIMEDIA)
11 Oct 2012
NBC