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La CNMV vuelve a prohíbir las operaciones a corto

MADRID
SERVIMEDIA

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) acordó este lunes la prohibición de forma cautelar, con efectos inmediatos y con carácter transitorio, de la realización de operaciones sobre valores o instrumentos financieros que supongan la constitución o incremento de posiciones cortas netas.

Según informa la CNMV, esta prohibición se mantendrá por un periodo de 3 meses desde el momento de su publicación en la fecha de este lunes y hasta el cierre del 23 de octubre inclusive, pudiendo prorrogarse o levantarse con anterioridad si se considerase necesario.

La CNMV ya mantuvo suspendidas las posiciones cortas entre el 12 de agosto de 2011 y el 15 de febrero de 2012.

El organismo regulador justifica esta medida en la situación de “extrema volatilidad” que atraviesan los mercados de valores europeos, lo que podría “perturbar su ordenado funcionamiento y afectar al normal desenvolvimiento de la actividad financiera”.

Además, ha tenido en cuenta las medidas similares que el supervisor italiano ha llevado a cabo también este lunes.

La medida afecta a cualquier operación sobre acciones o índices, incluyendo operaciones de contado, derivados en mercados organizados o derivados OTC, que suponga crear una posición corta neta o aumentar una preexistente, aunque sea de forma intradiaria.

La CNMV aclara que se entenderá por posición corta neta aquella que resulte en una exposición económica positiva ante una caída del precio de la acción.

Sin embargo, se excluyen de la prohibición cautelar las operaciones que sean realizadas por entidades que desarrollen funciones de creación de mercado.

Se trata de las entidades financieras o empresas de servicios de inversión que, como respuesta a órdenes de clientes o como resultado de cotizar precios de oferta y demanda de forma continua en su condición de miembros de mercados secundarios oficiales o sistemas multilaterales de negociación, incurran transitoriamente, especialmente intradía, en posiciones cortas netas.

La Ley del Mercado de Valores tipifica como infracción muy grave el incumplimiento de estas medidas cautelares.

(SERVIMEDIA)
23 Jul 2012
JBM/mfm