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ETA. El Tribunal de Estrasburgo condena a España por aplicar la “doctrina Parot”

- El Estado deberá pagar 30.000 euros a una etarra y deberá ponerla en libertad

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo (Francia), ha condenado al Estado español a pagar 30.000 euros por daños morales a la etarra Inés del Río Prada por aplicarle la conocida “doctrina Parot” y a instado a dejar en libertad a la terrorista en el “plazo más breve” posible.

El TEDH desautoriza de este forma la conocida “doctrina Parot”, establecida por el Tribunal Supremo en el año 2006, establece que los beneficios penitenciarios se aplican al total de las condenas y no al máximo legal de permanencia en prisión (30 años según el antiguo Código Penal y 40 según el nuevo).

La Sección Tercera del TEDH ha establecido en la sentencia dictada hoy que la aplicación de la doctrina ha vulnerado los derechos fundamentales de la etarra.

(SERVIMEDIA)
10 Jul 2012
DCD