25-M. LOS DATOS DEL RECUENTO DE VOTOS SE CONOCERAN EN TIEMPO REAL POR INTERNET
- Cualquier ciudadano podrá recibir información de los resultados electorales a través del teléfono móvil
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
Los datos del recuento de votos de las elecciones municipales que la Administración realizará durante la noche de mañana domingo se podrán conocer en tiempo real a través de la página web "www.elecciones2003.mir.es" .
Además, el Ministerio del Interior ha previsto como novedad un sistema tecnológico para difundir los resultados mediante mensajes de texto a través e teléfonos móviles SMS a aquellas personas que los soliciten.
En el mismo momento del cierre de los últimos colegios electorales, que tendrá lugar a las 21.00 horas hora peninsular, momento en que terminen las votaciones en la Comunidad de Canarias, empezarán a circular los datos del recuento de las Elecciones Municipales en la página web habilitada al efecto. Antes se habrán facilitado los datos de participación en los comicios por tramos horarios y zonas geográficas. Los datos del escrutinio se irá recogiendo en tiempo real.
En estas elecciones se introduce por primera vez la difusión de los resultados a través de la telefonía móvil. Para ello se ha desarrollado una aplicación que permitirá enviar mensajes cortos con los resultados actualizados del escrutinio en municipios con población superior a 100.000 habitantes.
Para ello, el usuario que realice la consulta deberá enviar un mensaje con el siguiente texto: emu y a continuación el nombre del municipio (ejemplo: emumadrid, para conocer ls datos electorales de Madrid ciudad; emubarcelona, para los de Barcelona). Los números a los que hay que enviar este mensaje son: el 404 para los clientes de Movistar, el 2424 para los de Amena y el 141 para los de Vodafone.
DESPLIEGUE
El recuento se realiza de una manera rápida y los datos se pueden ofrecer en todo momento merced a un gran despliegue de personas y medios técnicos. En cada mesa electoral existe un representante de la Administración que, una vez finalizado el escrutinio, recibe del residente de la mesa una copia del acta de escrutinio con los resultados de esa mesa.
Inmediatamente, llama por teléfono al Centro de Recogida de Información (CRI provincial) en donde dichos datos se graban y transmiten, vía telemática, a un ordenador central en el que, a medida que se van recibiendo circunscripciones completas, se van aplicando las fórmulas legales correspondientes, fijando la atribución de los puestos de concejales en cada Ayuntamiento, según lo dispuesto en los artículos 163.1 y 18 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.
Los resultados que se difunden el día de las elecciones por parte del Gobierno, obedecen al estricto cumplimiento de las previsiones contenidas en el artículo 98.2 de la LOREG: "El Gobierno deberá dar información provisional sobre los resultados de la elección".
El escrutinio definitivo, legal y oficial, se realiza por las Juntas Electorales de Zona, comienza tres días después de las elecciones y sus resultados se publicanen el Boletín Oficial del Estado.
(SERVIMEDIA)
24 Mayo 2003
R