ETA. La Audiencia absuelve al etarra Martín Hernando del asesinato de un guardia civil

MADRID
SERVIMEDIA

La Audiencia Nacional ha decidido absolver por falta de pruebas al etarra Jesús María Martín Hernando, al que se acusaba de participar en el asesinato con un tiro en la nuca del agente de la Guardia Civil José Manuel García Fernández, que tuvo lugar el 3 de mayo de 1997 en un restaurante de la localidad de Ciérvana (Vizcaya).

Los magistrados de la Sección Segunda de la Sala de lo Penal, presididos por Fernando García Nicolás, han llegado a la conclusión de que “no consta que el acusado Jesús María Martín Hernando tuviera participación de clase alguna en los hechos”, según señalan la sentencia dictada hoy.

La Fiscalía solicitaba una pena de 39 años de prisión para él al atribuirle delitos de homicidio contra agente de la autoridad, robo de vehículo a motor, falsificación en documento oficial y tenencia ilícita de armas.

La sentencia señala que en el asesinato participaron los etarras del “comando Vizcaya” Salvador Gazteluzmendi y José Miguel Bustinza Yurrebaso, ambos fallecidos en un enfrentamiento con la Guardia Civil en septiembre de 2007, pero indica que no hay pruebas que demuestren la participación de Martín Hernando.

Los magistrados, en el relato de hechos, señalan que tres etarras –Gazteluzmendi, Bustinza Yurrebaso y un tercero sin identificar- se dirigieron sobre las 21.45 horas del 3 de mayo de 1997 a las proximidades del restaurante “El Puerto” de la localidad vizcaína de Ciérvana, donde sabían que se encontraba García Fernández junto a su mujer.

Mientras Gazteluzmendi aguardaba en el vehículo y el terrorista no identificado esperaba en el exterior, Bustinza Yurrebaso accedió al interior del restaurante y, aproximándose por la espalda, disparó a bocajarro al agente, que falleció en el acto.

RECONOCIMIENTO DE TESTIGOS

La principal prueba que existía contra Martín Hernando era el reconocimiento fotográfico realizado por una persona que se encontraba en el restaurante, que declaró en el juicio como testigo protegido. Este individuo salió corriendo detrás del autor material de los disparos, y le siguió por la calle hasta que otro de los etarras se le enfrentó y le encañonó con su arma. El testigo protegido dijo que se trataba de “un varón de unos treinta y tantos años, de 180 centímetros de altura”.

La sentencia destaca a este respecto que “existe una importante e irresoluble discrepancia entre las características físicas de la persona reconocido por fotografía por el testigo protegido con las características físicas generales descritas con un alto grado de uniformidad por la totalidad de los testigos presenciales”.

Además, el tribunal señala que consta que Martín Hernando “es una persona de estatura baja y delgada, perceptiblemente menor a la de la media masculina de la población nacional”.

(SERVIMEDIA)
18 Jun 2012
DCD