Sanción PP
Álvarez de Toledo reclama al PP revocar su multa de 500 euros porque “supondría vulnerar la Constitución” e “impugnar el ideario” del partido
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La diputada Cayetana Álvarez de Toledo, exportavoz del PP en el Congreso, explicó este viernes que ha demandado a su formación que revoque la multa de 500 euros que se le impuso por votar en blanco en la renovación de los magistrados del Tribunal Constitucional, alegando que esta sanción “supondría vulnerar la Constitución y los procedimientos legales, incumplir los vigentes Estatutos del Grupo, socavar la autonomía del diputado, frustrar la regeneración democrática e impugnar el ideario del Partido Popular”.
A través de sus redes sociales, Álvarez de Toledo informó hoy de que ayer, 6 de enero, antes de las diez y media de la noche, presentó recurso al escrito que había recibido por parte del partido el 30 de diciembre solicitándole una “aportación extraordinaria” a las finanzas del PP en concepto de multa por romper la disciplina de voto en relación con la votación para la renovación del Constitucional.
“He defendido y defiendo mi voto en blanco porque he defendido y defiendo los principios y la línea política del Partido Popular”, resume Álvarez de Toledo en un texto de 12 páginas en el que solicita al secretario general del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso de los Diputados, Guillermo Mariscal, que mediante dicho escrito tenga por presentado en tiempo y forma recurso ante el Consejo de Dirección del Grupo contra la resolución del 30 diciembre en el que se le impuso una multa de 500 euros.
En su recurso, Álvarez de Toledo recalca que “nadie puede ser condenado sin una ley que de forma previa y pública tipifique su conducta como punible”. “Por sorprendente que parezca, los Estatutos del Grupo Parlamentario no se a justan a esta regla universalmente aceptada” porque “nunca han sido publicados de ninguna de las múltiples maneras que permiten asegurar el conocimiento de una norma jurídica”, destaca.
Además, sostiene Álvarez de Toledo que los Estatutos del Grupo Parlamentario adolecen “de vicios” que impiden considerarlos “una norma jurídicamente válida”. Por lo pronto, sostiene que “infringen el principio de igualdad de armas” porque “utilizan modos distintos de computar los plazos que perjudican al expedientado”, de tal forma que el instructor del caso podría “descansar los domingos y días festivos” mientras que el expedientado, en cambio, “tiene que dedicar a su defensa también los días inhábiles”.
Para Álvarez de Toledo, en su caso concreto la “desproporción” es todavía mayor puesto que recibió la notificación de la resolución en plenas fiestas navideñas, el día 30 de diciembre a las 22.30 horas. “¿Falta de tacto o voluntad de provocar la indefensión? Renuncio a especular. Lo que sí puedo afirmar, y con rotundidad, es que la desigualdad de trato que se deriva de la aplicación del Régimen disciplinario previsto en los Estatutos supone una violación del artículo 24 de la Constitución”, señala.
De igual modo, Álvarez de Toledo menta el artículo 67.2 de la Constitución, que “afirma solemnemente que los miembros de las Cortes Generales no estarán ligados por mandato imperativo”. A su juicio, esta “sabia salvaguarda del constituyente adquiere toda su fuerza y su sentido a la luz de la deriva cesarista de los partidos y la manifiesta degradación del Parlamento”.
“EJÉRCITO DE CLONES”
Según la diputada del PP, en este caso el Consejo de Dirección del Grupo Popular “ha infringido el precepto constitucional citado y también el artículo 79.3 que lo ratifica cuando advierte que el voto de los diputados y senadores es personal e indelegable”. Es más, dice que al asumir la argumentación del instructor -según la cual su voto en blanco es un “hecho objetivo, no interpretable” que activa la infracción en los Estatutos-, el Consejo de Dirección “hace suya una interpretación contraria a la Constitución” y se “da por hecho” que los diputados “somos un ejército de colones sin conciencia al servicio de cúpulas cada vez más cesaristas”.
Igualmente, opina que el instructor del expediente “con su insistencia en el carácter estrictamente objetivo de la infracción imputada” ha “descalificado su propuesta y la propia resolución adoptada por el Consejo de Dirección del Grupo, que es forzoso tildar de inconstitucional”. Más aún, cree Álvarez de Toledo que de la propuesta del instructor se desprende que la decisión de sancionarla con una multa “estaba tomada de antemano” a la presentación de su escrito del 10 de diciembre.
A lo largo de las páginas en las que expone su recurso, Álvarez de Toledo avisa de que “nada, tampoco una multa, podrá convencerme de que existe una contradicción entre la defensa de la despolitización de la Justicia -medular en el proyecto del PP- y el voto en blanco a un acuerdo que politiza el Tribunal Constitucional”.
A ello une que “la posición del Grupo no fue definida previamente por el Pleno como obliga el artículo 13.1.c) de los Estatutos”. Así las cosas, Álvarez de Toledo asegura que no hubo reunión previa y por tanto “no hubo posibilidad, no ya de deliberación o debate, sino de mera información”. “La realidad es que sólo hubo ‘ordeno y mando’, sin que se sepa quién ni cuándo tomó la decisión que se impuso contra el artículo 13.1.c) de los Estatutos y del propio ideario del PP”, remarca.
Por todo ello, la que fuera portavoz parlamentaria de los populares reclama al Consejo de Dirección del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso de los Diputados dictar revocatoria y dejar sin efecto la multa recurrida alegando que es “contraria a Derecho”. “En estas condiciones ningún diputado puede ser sancionado. Ni siquiera la que firma este recurso”, remacha.
(SERVIMEDIA)
07 Ene 2022
MFN/pai