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ETA. La Audiencia otorga la libertad condicional a los etarras arrepentidos Astarloa y Pérez de Nanclares

- El juez sugiere que los terroristas participen en encuentros con víctimas

MADRID
SERVIMEDIA

El juez de vigilancia penitenciaria de la Audiencia Nacional, José Luis Castro, ha otorgado la libertad condicional a los etarras arrepentidos Fernando de Luis Astarloa y José María Pérez de Nanclares, por lo que cumplirán lo que les resta de condena fuera de prisión.

El magistrado ha tenido en cuenta que estos dos terroristas se encuentran completamente desvinculados de ETA, han pedido perdón a las víctimas, han colaborado con la justicia y han aceptado hacer frente a las indemnizaciones derivadas de sus condenas, según consta en sendos autos dictados hoy. En el caso de Pérez de Nanclares, ha llegado a entregar una finca familiar para saldar su responsabilidad civil, según informaron fuentes jurídicas.

La decisión, que ha contado con el apoyo de la Fiscalía, supone que los dos etarras, acogidos a la denominada “Vía Nanclares”, a la que acceden los presos de ETA una vez que rompen definitivamente con la banda terrorista, ya no tendrán que acudir a la cárcel para pernoctar, tal y como sucedía hasta ahora.

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS

El juez Castro destaca que ambos terroristas cumplen “los requisitos exigidos” por la ley para acceder a la libertad condicional, entre los que destacan la necesidad de haber cumplido tres cuartas partes de sus condenas.

Pérez de Nanclares, encarcelado en el Centro Penitenciario de Basauri (Vizcaya), permanece en prisión desde mayo de 1992. Ha sido condenado, entre otras cosas, por colaborar en el asesinato del guardia civil José San Martín Bretón, perpetrado en Getxo (Vizcaya) el 25 de febrero de 1992.

De Luis Astarloa, interno en la cárcel de Nanclares de Oca (Álava), está en prisión desde marzo de 1987 y ha sido condenado por su participación en dos asesinatos.

Los autos dictados hoy destacan que Pérez de Nanclares y De Luis Astarloa “han manifestado por escrito su renuncia a la violencia, reconociendo el daño causado, han expresado su petición de perdón a las víctimas y se han comprometido a hacer frente a la responsabilidad civil”. El magistrado de la Audiencia Nacional subraya asimismo que ambos han sido expulsados del colectivo de presos etarras.

CONDICIONES PARA LA LIBERTAD

A pesar de decretar su libertad condicional, el juez Castro ordena que los etarras queden sujetos “al cuidado y vigilancia del familiar que se designe” y que sean sometidos a un seguimiento por parte de los servicios sociales penitenciarios.

Estos servicios, a través de entrevistas mensuales, deberán acreditar que Pérez de Nanclares y De Luis Astarloa mantienen su “desvinculación de la actividad, entorno e ideología terrorista”, así como el seguimiento del pago de la responsabilidad civil “hasta su abono definitivo”.

“Se pondrá especial atención en las entrevistas y seguimientos para valorar la posible aparición de elementos o circunstancias que pudiesen suponer una regresión al posicionamiento ideológico anterior”, advierte el juez en sus autos.

El magistrado ordena por último a la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias que estudie “la posibilidad y pertinencia” de que Pérez de Nanclares y De Luis Astarloa participen “en programas de mediación o encuentros con las víctimas”.

DESVINCULACIÓN DE LA BANDA

El juez de vigilancia penitenciaria destaca además que Pérez de Nanclares “ha aprovechado de forma positiva el tiempo en prisión para formarse desde el punto de vista intelectual y practica deportes alternativos”. En cuanto a De Luis Astarloa, Castro subraya que “se ha mantenido al margen de las consignas de la organización terrorista, evidenciando su desvinculación además en sus manifestaciones a los profesionales penitenciarios, en sus relaciones con personas del exterior y en la renuncia a ser asistido por letrados que de forma habitual atienden la defensa de los internos vinculados a la banda”. Estas dos libertades condicionales no se harán efectivas hasta que las resoluciones sean firmes.

(SERVIMEDIA)
07 Mayo 2012
DCD/gja