Desestimada una demanda de la patronal lechera contra la OCU por su estudio de calidad de la leche

MADRID
SERVIMEDIA

El Juzgado de Primera Instancia número 2 de Madrid ha desestimado la demanda que la Federación Nacional de Industrias Lácteas (Fenil) interpuso contra la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) tras la publicación de un estudio sobre la calidad de la leche entera.

Según la OCU, la sentencia declara que sus manifestaciones públicas no dañaron ni el buen nombre ni el prestigio profesional del sector lácteo. Además, afirma que no puede declararse que la leche sea de mejor calidad que hace diez años.

El 21 de junio de 2011 la OCU hizo públicos los resultados analíticos de 47 marcas de leche entera, encontrando diferencias abismales de calidad y desaconsejando comprar diez de ellas.

Además, a juicio de la OCU, se podía afirmar que la calidad de la leche era peor comparada con los resultados de un estudio similar llevado a cabo diez años atrás.

La noticia tuvo una gran repercusión social y provocó una demanda judicial por parte del sector lácteo, que entendió dañado su buen nombre, pidiendo que la OCU llevara a cabo una campaña millonaria en medios de comunicación para reparar la imagen del sector.

Ahora, la sentencia del Juzgado de Primera Instancia desestima todas las pretensiones de Fenil y declara que no se ha practicado prueba pericial por parte de la parte actora que rebata las afirmaciones de la OCU en relación a los contenidos en grasa encontrados en las muestras, ni la relación calcio/fósforo, ni la de lactulosa/furosina, aspectos todos ellos que sirvieron para determinar la mala calidad de determinadas marcas.

En relación a la afirmación de la OCU respecto al descenso de calidad de la leche a lo largo de los últimos diez años, la sentencia determina que Fenil no ha sido capaz de demostrar lo contrario puesto que su perito “no ha hecho un estudio de la leche en el año 2011 que permita afirmar que es mejor que la leche del año 2001”.

En esa línea, continúa afirmando que “no basta con descalificar el informe del perito (propuesto por la OCU), es necesario que haga un estudio de la leche analizada para que pueda constatarse la realidad de sus afirmaciones, esto es, que su calidad reúne todas las garantías sin contener, por ejemplo, estabilizantes no declarados, ni adición de sólidos lácteos o sueros de quesería”.

La OCU saluda esta sentencia, que, según indica, viene a avalar el trabajo llevado a cabo por sus equipos y la labor informativa contenida en sus estudios comparativos desde hace casi 37 años.

FENIL DISCREPA

Por su parte, Fenil, en un comunicado, expresa su respeto a la resolución, aunque también su discrepancia con la decisión judicial. Por ello, está estudiando con detenimiento el texto de la misma y podría recurrir la sentencia en los próximos días.

Para fenil, en una primera lectura, el texto de la sentencia no da contestación a lo planteado en la demanda, ni responde a si las actuaciones de la OCU dañaron o no la imagen y el buen nombre de todo el sector lácteo español.

Además, considera que tampoco aclara si estas dos entidades actuaron correctamente al no contrastar la valoración que ellos realizaron de sus análisis sobre la leche entera UHT, ni considera si dicha valoración era o no subjetiva o si hubieran tenido o no que contrastar dicha valoración con terceras partes ajenas.

(SERVIMEDIA)
11 Abr 2012
JBM/caa