ETA. Interior dice que no existe “estrategia alguna” para dar la libertad condicional a etarras

MADRID
SERVIMEDIA

La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, dependiente del Ministerio del Interior, aseguró hoy que no existe “estrategia alguna” para que los etarras puedan ir accediendo a la libertad condicional.

Instituciones Penitenciarias, a través de un comunicado, se refería así a la información publicada este martes por el diario “El Mundo”, según la cual “Interior abre la vía de la libertad condicional para asesinos de ETA”. El rotativo indica que el etarra Fernando de Luis Astarloa se convertirá en el primer etarra arrepentido que acceda a la libertad condicional.

Según Prisiones, “la decisión de conceder el tercer grado de tratamiento al penado Fernando de Luis Astarloa se produjo el 20 de octubre de 2011, con el anterior Gobierno. Sin que se haya cuestionado ni se cuestione su estricta legalidad”.

Este departamento de Interior añadió que el expediente de libertad condicional de este etarra se inició por la Junta de Tratamiento del centro penitenciario de Nanclares el 18 de noviembre de 2011 y se elevó al juez central de vigilancia penitenciaria el 21 de diciembre de 2011, también con el anterior Gobierno.

Este trámite se llevó a cabo “en estricta aplicación de la legalidad, que impone a las juntas de tratamiento (de las prisiones) la obligación de iniciar y someter al juez de vigilancia el expediente de libertad condicional de aquellos penados que han extinguido las tres cuartas partes de su condena, como es el caso que nos ocupa”.

APLICACIÓN DE LA LEY

Además, Instituciones Penitenciarias señaló que “no existe estrategia alguna que abra la libertad condicional a ningún asesino”, en referencia a los reclusos de la banda etarra.

“La Administración Penitenciaria”, añade el comunicado, “cumple estrictamente la ley que otorga una serie de consecuencias a los penados que reúnen los requisitos, estrictamente reglados, que exige el Código Penal”.

La nota oficial también apuntó que “es la autoridad judicial la que, tras el expediente preceptivo, comprobados los requisitos exigibles y con audiencia de las víctimas si así lo desean, concede o deniega la libertad condicional. La resolución judicial solo puede ser recurrida por el Ministerio Fiscal o por el interno afectado y en ningún caso por la Administración Penitenciaria”.

Por último, Prisiones indicó que “el hecho de que el interno José Manuel Fernández Pérez de Nanclares haya obtenido recientemente el tercer grado, y, en su momento, pueda acceder a la libertad condicional, no tiene más conexión con el de De Luis Astarloa que el hecho de haber cumplido, de manera individualizada, las exigencias que demanda la ley. Obviamente la misma, en los dos casos”.

(SERVIMEDIA)
13 Mar 2012
NBC/caa