Madrid. La Comunidad deroga las normas contra el ruido para adaptarlas a las leyes estatales

MADRID
SERVIMEDIA

La Comunidad de Madrid aprobó hoy un decreto por el que se deroga la normativa regional sobre contaminación acústica de 1999 para hacer prevalecer la normativa estatal, de los años 2003 y 2007, y por tanto más reciente y ajustada a la realidad social de estos momentos, explicó su portavoz, Ignacio González.

Dijo que el Ejecutivo autonómico apuesta por una mayor simplificación administrativa en materia de ruido, al tiempo que garantiza plenamente la protección contra la contaminación acústica, una de las prioridades de su política medioambiental.

Afirmó que con esta simplificación administrativa en la

normativa del ruido, el Gobierno regional pretende impulsar nuevas actividades empresariales, manteniendo la protección ambiental.

Afirmó que la Comunidad continúa previniendo, vigilando y reduciendo el ruido para evitar los efectos nocivos que pueda generar en la salud humana, los bienes o el medio ambiente. Dado que el texto estatal es más completo, actual e idóneo que el regional, la Comunidad de Madrid da un paso más en su lucha contra el ruido y hace prevalecer esta ley.

Ignacio González dijio que “el decreto de 1999 se dicta en un momento en el que en España no existe todavía una legislación integrada de protección contra la contaminación por ruido y vibraciones".

Indicó que "se trata de una norma, por consiguiente, en su día muy innovadora y muy eficaz en la adopción de medidas contra la contaminación acústica, pero sin embargo, el marco legislativo de protección contra el ruido ha experimentado una gran evolución desde su aprobación y por tanto ha quedado obsoleto”.

González manifestó que con esta decisión se establecen unos límites de ruido más ajustados a la realidad del territorio de la Comunidad de Madrid, y se asume íntegramente la clasificación de las áreas acústicas que tiene fijada el Gobierno central.

Así, frente a las cinco áreas estipuladas en la normativa regional, la ley nacional establece siete diferentes en función del uso predominante del suelo. De esta forma, señaló, "Madrid pasa a contemplar la denominada área recreativa y de espectáculos, tan relevante a efectos de la contaminación acústica y que no estaba definida en nuestra normativa".

En definitiva, con el fin de evitar las contradicciones entre criterios técnicos establecidos por la normativa estatal y la autonómica, y en consecuencia para lograr una mayor simplificación administrativa del marco jurídico aplicable, queda derogado el decreto regional del año 1999, anterior en el tiempo. Así, el régimen jurídico aplicable en materia de contaminación acústica en la Comunidad de Madrid será plenamente coincidente con el establecido en la legislación básica estatal.

(SERVIMEDIA)
01 Mar 2012
SMO/gja