Madrid. El Gobierno desestima el recurso de los sindicatos contra la elección del presidente del CES
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
El Consejo de Gobierno desestimó hoy el recurso presentado por representantes de los sindicatos UGT y CCOO contra el decreto por el que se nombró presidente del Consejo Económico y Social de la Comunidad de Madrid a Pedro Schwart Girón, según explicó el portavoz del Ejecutivo regional, Ignacio González.
Explicó que esta resolución sobre el recurso presentado se tomó tras estudiar un informe de la Secretaría del CES en el que se considera ajustada a la legalidad la convocatoria urgente del Pleno en el que se eligió al presidente de este órgano.
En este informe se pone de manifiesto que la convocatoria fue efectuada de forma correcta por la persona que ostentaba el cargo de presidente, Francisco Cabrillo, con independencia de que la notificación se practicara cuando ya no era tal. Según el informe del CES, el Pleno se constituyó válidamente. Una vez constituido el Pleno, la única persona competente para acordar la suspensión del mismo, una vez iniciada la sesión, era la vicepresidenta segunda, quien ostentaba en esa reunión la condición de presidenta ante la ausencia del vicepresidente primero.
No obstante, se consideró la solicitud de suspensión planteada por el representante de UGT, que fue desestimada por el Pleno.
A continuación se trató el único punto en el orden del día consistente en la elección del nuevo presidente del CES, de entre la terna presentada por el Consejo de Gobierno, obteniendo Pedro Schwart 18 votos, mayoría suficiente, según lo dispuesto en el artículo 6.2 de la Ley de Creación del Consejo Consultivo, por lo que acordó dar traslado de la elección al Consejo de Gobierno.
González explicó que CC.OO. y UGT alegaron para pedir la nulidad del Pleno en el que se eligió al nuevo presidente del CES que la convocatoria realizada no era válida, que no se especificaba si era ordinaria o extraordinaria y que el Pleno había sido desconvocado o suspendido por quien tenía las atribuciones necesarias para hacerlo, de modo que no puede considerarse celebrada una sesión de este órgano.
En el primer caso, fue el anterior presidente del CES, Francisco Cabrillo, ostentando todavía ese cargo, el que convocó el Pleno el 29 de diciembre, antes de que se publicase su cese, y por tanto fue realizada por la persona competente para hacerlo, independientemente de que la convocatoria formal a los miembros del Pleno se hiciera el 3 de enero.
En segundo lugar, el hecho de no especificar el carácter urgente de la reunión, no la hace invalidante ni provoca su nulidad, ya que resulta evidente que la misma no puede ser sino una sesión extraordinaria o urgente, ya que no había convocada ninguna reunión ordinaria, que se realizan de forma periódica.
Por último, el pleno fue desconvocado por el vicepresidente primero tan solo 1 hora y 39 minutos antes, sin tiempo material para comunicárselo a los miembros del mismo.
(SERVIMEDIA)
16 Feb 2012
SMO/gja