Impuestos
Gestha se opone a la supresión del impuesto de plusvalías y propone uno nuevo
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El sindicato de técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) señaló este jueves su oposición a la supresión del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, conocido como de plusvalías, ante “el agujero de 2.500 millones de euros que provocaría en las arcas municipales”, por lo que propone uno nuevo.
En un comunicado, Gestha se refirió así a la decisión del pasado martes por parte del Tribunal Constitucional de declarar inconstitucional y anular este impuesto, paralizando de facto su aplicación, hecho por el que Hacienda comunicó ese mismo día que ultima un borrador para volver a establecer este impuesto de forma que cumpla con la Constitución. No obstante, Gestha aboga “por supeditar” dicho tributo al informe de los expertos para la reforma fiscal, que se publicará en febrero.
Desde el sindicato proponen un nuevo impuesto municipal de Plusvalías de los Terrenos -urbano y rústico- “que se determine por la diferencia entre el valor de adquisición y el de transmisión del suelo, incluidas las plusvalías generadas en menos de un año, que pueden ser plusvalías especulativas”.
Gestha defiende que “sería un impuesto directo, de carácter real, objetivo, no periódico, de titularidad municipal y de carácter potestativo, cuyo desarrollo reglamentario seguirán siendo las ordenanzas fiscales que aprueben los Ayuntamientos, tal como está configurado en la actualidad”.
Asimismo, los técnicos sugieren que la plusvalía se calcule según las reglas del IRPF o el Impuesto sobre Sociedades y que a la diferencia positiva se aplique, en el caso de que esté construido, el porcentaje que represente el valor catastral del suelo sobre el valor catastral total. De esta forma, explicaron, “la base imponible será siempre una plusvalía del suelo, y no se exigirá el tributo si la diferencia es negativa”.
Además, para evitar el fraude extendido de escriturar un valor por debajo del precio realmente pagado, Gestha aboga por que el valor de transmisión sea el mayor entre el valor real o el valor de referencia que determinará el Catastro, “con posibilidad de que el sujeto pasivo pueda impugnar dicho valor de referencia y probar que existe alguna circunstancia singular que afecta a la valoración del suelo, de forma que se exija el tributo conforme a la capacidad económica real”.
En las compraventas inmobiliarias entre particulares, sujetas al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, recomiendan que el nuevo Impuesto de Plusvalías se exija al vendedor por el aumento de valor de los terrenos urbanos, al que también se le exigirá el IRPF por la ganancia o pérdida patrimonial obtenida. Así, para evitar una doble imposición en estos casos, proponen que el nuevo tributo sea deducible de la base imponible del IRPF o del Impuesto sobre Sociedades del vendedor que grava la ganancias o pérdida patrimonial producida.
En cambio, aclaran que no existe doble imposición en Sucesiones o Donaciones, donde el Impuesto de Plusvalías se exige al heredero o al donatario que recibe los inmuebles, porque la teórica ganancia patrimonial en el IRPF no se exige al donante, ni a los herederos de la persona fallecida.
Según el secretario general de Gestha, José María Mollinedo, “no cabe la supresión del impuesto por la importante pérdida recaudatoria de los municipios, sino una reforma importante”. En cualquier caso, concluyó señalando que “no debe exigirse una solución apresurada ahora, cuando la reforma de este impuesto está pendiente desde la primera Sentencia del Tribunal Constitucional de febrero de 2017, si bien con anterioridad varios Tribunales Superiores de Justicia habían cuestionado algunos aspectos sustanciales del tributo”.
(SERVIMEDIA)
28 Oct 2021
IPS/clc