UNOS 200.000 AGRICULTORES PODRAN JUBILARSE A LOS 60 AÑOS, SEGUN EL PLAN DEL GOBIERNO

MADRID
SERVIMEDIA

El secretario general de Estructuras Agrarias, Luis Atienza, presentó hoy a las organizaciones agrarias el proyecto de decreto que regulará las jubilaciones anticipadas en el campo, a las que podrán acogerse unos 200.000 agricultores con edades comprendidas ntre 60 y 65 años.

Atienza anunció, en rueda de prensa, que los agricultores que se acojan a las prejubilaciones recibirán, además, un complemento adicional a la pensión que cobren de la Seguridad Social desde los 65 hasta los 70 años.

En el periodo de prejubilación, de los 60 a los 65 años, los agricultores recibirán una indemnización anual máxima de 895.152 pesetas y una cantidad extra, todavía por determinar, en concepto de prima por hectárea dejada de cultivar.

Según Atienza, la cuantía e las primas está pendiente de negociar con las organizaciones agrarias y las comunidades autónomas, si bien todo el volumen de ayudas del programa de prejubilaciones no podrá superar los 12.000 millones de pesetas.

Actualmente es de 837.863 pesetas si el agricultor titular tiene cónyuge a su cargo y de 725.398 si no lo tiene. Para los agricultores no titulares está en 483.599 pesetas.

Según Atienza, el ministerio pretende conseguir por la vía de las prejubilaciones unas explotaciones agrarias maores y más rentables, mediante la transmisión de las tierras a otros agricultores más jóvenes.

La transmisión podrá realizarse mediante venta o arrendamiento. En este segundo caso, el tiempo mínimo del alquiler sería de 10 años, y de 15 en el supuesto de que la operación sea entre padres e hijos.

El decreto prevé la constitución de entidades dependientes de las comunidades autónomas, de capital público, privado o mixto, que funcionarán como "bancos de tierras" para aquellos agricultores que quiern abandonar la actividad agrícola y no encuentren un cesionario.

Estos organismos podrían adquirir las tierras en alquiler o venta y luego buscar a otros agricultores que se hagan cargo de ellas, por un periodo mínimo de cinco años, cuando se trate de arrendamientos.

REQUISITOS

Los agricultores que cedan sus tierras a cambio de la jubilación anticipada tendrán que haber ejercido la actividad agraria durante los 10 años anteriores y haber cotizado a la Seguridad Social un periodo que le permita ompletar 15 años al cumplir los 65.

Por su parte, los que adquieran esas tierras deberán tener menos de 45 años, ejercer o pasar a ejercer como consecuencia del aumento de tierras la actividad agraria a título principal y comprometerse a mantener la explotación durante al menos 10 años.

Hasta ahora, solamente 1.110 agricultores han cesado anticipadamente en la actividad agraria, acogiéndose a un decreto de 1991 sobre jubilaciones anticipadas, que sólo recogía indemnizaciones anuales. Las solicitues presentadas hasta septiembre de 1992 son de 1.584.

El Ministerio ha presupuestado 12.000 millones de pesetas para las medidas de acompañamiento de la Política Agraria Común (PAC), entre las que figura, como más importante, la jubilación anticipada.

(SERVIMEDIA)
14 Oct 1992
L