Renovación del CGPJ

El Supremo alerta de que no cubrir las vacantes supondrá 1.000 sentencias menos al año y más retrasos en las respuestas

Madrid
SERVIMEDIA

La Sala de Gobierno del Tribunal Supremo señaló este viernes que, en el caso de que se prolongue la imposibilidad de cubrir las vacantes de magistrados por la interinidad del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), se dictarán aproximadamente 1.000 sentencias menos al año entre todas las salas, con alargamiento de los tiempos de respuesta en las cuestiones de fondo.

Según informó el Alto Tribunal, la valoración obedece a las conclusiones del informe que solicitó al Gabinete Técnico, aprobado este viernes, que señaló que la situación, de prolongarse, será “insostenible”, y a las consecuencias ya citadas añadió que “se retrasarán enormemente las decisiones de inadmisión que son numerosísimas y se cuentan por varias decenas de miles al año”.

El informe del Gabinete Técnico analizó la compleja situación que afronta el tribunal con 11 plazas sin cubrir (un 14% de su plantilla de 79 magistrados), que se ampliarán a 16 el próximo año, con la jubilación de otros cinco magistrados, lo que supondrá el 20,25% de su plantilla vacante. “Una situación que no hay organización que pueda resistir”.

El Supremo advirtió que, con el aumento de la litigiosidad tras la pandemia, las consecuencias desfavorables repercutirán tanto en la fase de admisión de los recursos de casación como en la de enjuiciamiento y decisión.

“Tal estado de cosas no puede ser remediado, por más que se quiera hacer el sobreesfuerzo, asignando más ponencias a los magistrados”, ya que, recalcó, la formación de la doctrina jurisprudencial que ha de orientar la actividad de todos los órganos judiciales de la distintas Jurisdicciones “requiere un estudio y deliberación muy reflexivo y cuidado de los recursos”, con mayor motivo en el contexto de la actual caracterización jurídica del recurso de casación en muchas de las Salas, “basado en una selección rigurosa de los recursos que se admiten, con base en el criterio del interés casacional para la formación de la jurisprudencia”.

(SERVIMEDIA)
22 Oct 2021
MGN/gja