Consumo
Andalucía realizará en 2021 casi 500 inspecciones sobre publicidad física y ‘online’ y prácticas comerciales desleales
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La Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía, adscrita a la Consejería de Salud y Familias, realizará este año casi 500 inspecciones sobre publicidad física y ‘online’ y prácticas comerciales desleales en el marco de la Campaña de Inspección de la Publicidad Comercial 2021, que busca mejorar la calidad de la información de las ofertas en los bienes y la prestación de servicios.
Así lo precisó este miércoles el departamento de Jesús Aguirre en un comunicado en el que añadió que los servicios provinciales de Consumo comprobarán la disponibilidad de existencias de los productos ofertados, la obligación de indicar el precio final completo o prácticas que puedan generar “engaño o confusión” entre los consumidores.
En concreto, se va a vigilar la publicidad de diferentes productos y servicios para constatar la adecuación a la normativa vigente, tales como muebles y artículos para el hogar, luminarias, jardinería, bricolaje y artículos de ferretería, ocio y tiempo libre, perfumerías y cosméticos, joyerías, relojerías, artículos de marroquinería, grandes y pequeños electrodomésticos, electrónica, móviles y accesorios, contratación de software y hardware, cupones y descuentos, prensa, libros y revistas, juguetes o suministros de luz, agua y gas.
Además, se inspeccionarán empresas de mensajería y paquetería, transportes en tren, barco y autobús, ropa y complementos, calzado, venta de automóviles y motocicletas, seguros privados de vida, hogar, sanitario, de vehículos, artículos deportivos, y servicios alquiler de vehículos, entre otros.
PRÁCTICAS DESLEALES
La campaña de inspección de la publicidad pondrá el “foco” sobre prácticas comerciales “desleales”, de acuerdo con la Ley 29/2009, de 30 de diciembre, por la que se modifica el régimen legal de la competencia desleal y de la publicidad para la mejora de la protección de las personas consumidoras y usuarias, y los controles se dirigen a detectar la emisión de publicidad, o términos que se utilicen en la misma, de carácter desleal.
Así, se controlarán todas aquellas prácticas comerciales “desleales” con los consumidores mediante, por ejemplo, actos “engañosos”, la obligación de no emitir publicidad desleal por generar “engaño” mediante omisiones “engañosas”, por generar “confusión” en las personas destinatarias o por comportamientos “contrarios a las exigencias de la buena fe”.
Entre otras, las actuaciones comprenden la revisión de la disponibilidad de existencias de productos ofertados, la obligación de indicar el precio final completo, así como la comprobación de mecanismos o fórmulas comerciales que puedan inducir a “engaño”, el tamaño de letras de algunas cláusulas “relevantes” en el proceso de venta, la “correcta” publicidad de garantías o la publicidad de créditos al consumo.
Esta misma campaña desarrolló en el ejercicio 2020 un total de 269 actuaciones inspectoras en 259 establecimientos, el 17% de las cuales tuvieron como resultado actas positivas, constituyendo el mayor porcentaje de incumplimientos en folletos publicitarios, seguido por la prensa escrita y la televisión con infracciones como el incumplimiento de la obligación de informar de forma “clara, concisa y destacada” en el caso de los créditos en forma de pago aplazado de un bien o servicio en particular, del precio al contado y el importe de los posibles anticipos.
Asimismo, también se advirtió el incumplimiento en la publicidad televisiva de la obligación de que los textos escritos de las comunicaciones comerciales realizados sobreimpresionados sean “completamente legibles, claros y comprensibles”, sin que en ningún caso induzcan o puedan inducir a error a las personas destinatarias, no usándose abreviaturas, acotaciones o cualquier otra fórmula que pueda dificultar su lectura, entre otros.
(SERVIMEDIA)
20 Oct 2021
MJR/gja