Ampliación

Estado de alarma

El TC se pronuncia contra el parón del Congreso durante el estado de alarma porque vulneró el derecho de participación política

MADRID
SERVIMEDIA

El pleno del Tribunal Constitucional (TC) se ha pronunciado este martes en contra del parón del Congreso de los Diputados durante el primer estado de alarma y estima el recurso del grupo parlamentario de Vox al entender que la paralización de los trámites parlamentarios vulneró el derecho fundamental de participación política.

El tribunal de garantías abordó esta semana la constitucionalidad de los acuerdos de la Mesa del Congreso que suspendieron el cómputo de los plazos reglamentarios de tramitación en la Cámara Baja desde el inicio del estado de alarma en marzo de 2020, en respuesta al recurso de amparo presentado por el grupo parlamentario de Vox.

El ponente de este asunto, que está en el orden del día desde septiembre pasado, es el magistrado Antonio Narváez. En concreto, la Mesa paralizó los plazos de preguntas y proposiciones no de ley entre el 19 de marzo y el 13 de abril.

Así, el TC declara la nulidad del primero de los acuerdos de la Mesa del Congreso de los Diputados de 19 de marzo de 2020, que disponía la suspensión desde ese día del “cómputo de los plazos reglamentarios que afectan a las iniciativas que se encuentren en tramitación en la Cámara hasta que la Mesa levante la suspensión”.

Asimismo, acuerda “declarar la nulidad del Acuerdo de la Mesa del Congreso de los Diputados de 21 de abril de 2020, que desestimó la solicitud de reconsideración presentada por el Grupo Parlamentario de Vox en el Congreso de los Diputados contra el anterior".

PODERES CONSTITUCIONALES

La sentencia considera que la declaración del estado de alarma, como la de cualquiera de los otros dos estados, no puede en ningún caso interrumpir el funcionamiento de ninguno de los poderes constitucionales del Estado y, de modo particular, el Congreso de los Diputados.

En consecuencia, la decisión de la Mesa hizo cesar temporalmente la tramitación de iniciativas parlamentarias de los recurrentes, lesionando su derecho de participación política. La sentencia cuenta con los votos particulares de los magistrados Juan Antonio Xiol, Cándido Conde-Pumpido, María Luisa Balaguer y el presidente Juan José González Rivas, cuyo contenido se dará a conocer en los próximos días.

En este recurso concurre una especial trascendencia constitucional porque plantea un problema o afecta a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina de TC y que por su naturaleza relevante puede tener repercusión social o económica y consecuencias políticas generales.

Tras la declaración del estado de alarma, la Mesa del Congreso, con mayoría del PSOE y Unidas Podemos, aprobó la paralización de los plazos de iniciativas, lo que supuso dejar en suspenso las respuestas del Gobierno o la presentación de enmiendas a las iniciativas legislativas. Esa medida se adoptó el 19 de marzo, cinco días después del inicio del primer estado de alarma.

Vox impugnó entonces ese acuerdo y el posterior en virtud del cual se desestimó la solicitud de reconsideración de esta medida que presentaron el PP y Vox.

El pleno del TC tiene ,además, en el orden del día de esta semana la deliberación sobre el segundo estado de alarma decretado por el Gobierno por la Covid-19 y la constitucionalidad de la prisión permanente revisable.

(SERVIMEDIA)
05 Oct 2021
SGR/clc