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El Supremo estudiará si la CNMC es competente en acuerdos entre ‘telecos’ en servicios no regulados

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal Supremo ha admitido un recurso de casación de Telefónica contra una sentencia de la Audiencia Nacional que avaló una resolución de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) en la que intervino en el conflicto de interconexión presentado por Dialoga Servicios Interactivos frente a Telefónica y Orange en relación con los precios mayoristas para llamadas a numeraciones 900 y 902.

La Audiencia Nacional desestimó el recurso de Telefónica, pero el Supremo cree que hay base para las alegaciones del primer operador en España, según el auto al que ha tenido acceso Servimedia.

Telefónica aduce que la CNMC ha intervenido en un conflicto entre operadores en un mercado que no está regulado, por lo que no aplica el artículo 13 de la Ley de Telecomunicaciones por el que la CNMC puede imponer obligaciones al operador con posición de dominio.

Según Telefónica, la interoperabilidad no se ha visto afectada, puesto que el servicio se ha seguido prestando sin incidencia alguna, y no existe un interés general que justificaría la intervención de la CNMC.

El Supremo cree aconsejable pronunciarse para esclarecer o reforzar su jurisprudencia en relación con la competencia de la CNMC en conflictos de interconexión, en este caso “a fin de determinar si la CNMC resulta competente para imponer precios (en este caso, para la fijación de un precio máximo) en servicios no regulados y a través de la vía de la resolución de conflictos de interconexión entre operadores, y, en caso afirmativo, bajo qué condiciones”.

(SERVIMEDIA)
15 Ago 2021
JRN/clc