Madrid
Madrid aprueba el anteproyecto de la nueva ordenanza de movilidad sostenible
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El Ayuntamiento de Madrid aprobó este jueves en la Junta de Gobierno el anteproyecto de la nueva ordenanza de movilidad sostenible y se llevará al pleno para su aprobación definitiva en dos meses.
El delegado de Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento, Borja Carabante, explicó en rueda de prensa posterior a la reunión que resulta “necesario” actualizar el contenido de la normativa para “subsanar” los fallos de la actual, cuyos “defectos” han provocado que la justicia “anule” Madrid Central y cumplir con objetivos “primordiales”.
Estos objetivos, según Carabante, son convertir la ciudad en capital de la movilidad sostenible; proteger la vida e integridad física y la salud de las personas a través de la mejora de la calidad del aire y la seguridad vial; integrar todos los modos de movilidad armonizando y racionalizando los distintos usos del espacio público y promover la eficiencia y la innovación.
Por su parte, el alcalde de Madrid, José Luis Martínez-Almeida, señaló antes del acto de presentación de la Copa Davis que esta ordenanza solventará y solucionará la “chapuza” heredada del equipo de Gobierno anterior, Madrid Central.
Así, Almeida dijo a los madrileños que ahora hay un Gobierno “serio” en el Ayuntamiento y que van a solucionar la situación de Madrid Central, al tiempo que pidió al resto de grupo municipales “responsabilidad” y que no hagan de esto “una batalla partidista”.
VEHÍCULOS
Una de las medidas de esta ordenanza consiste en la restricción progresiva de la circulación a los vehículos más contaminantes, aquellos que no poseen distintivo ambiental (A), mediante la creación de Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE). Su aplicación es por anillos territoriales, posibilitando cumplir los valores límite y los umbrales de calidad del aire establecidos por la normativa comunitaria y estatal en materia de calidad del aire y protección del medio ambiente.
Desde el 1 de enero de 2022 queda prohibido el acceso a los vehículos que no estén dados de alta en el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica y su circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, excluyendo la propia M-30, y desde el 1 de enero de 2023 queda prohibido su acceso y circulación por la propia M-30.
Desde el 1 de enero de 2024 queda prohibido su acceso y circulación por todas las vías públicas urbanas del ámbito territorial de Madrid ZBE y desde el 1 de enero de 2025, la prohibición se extiende también para los ‘A’ de Madrid.
ZBE DE ESPECIAL PROTECCIÓN
Esta ordenanza crea la figura de ZBE de especial protección en centro y Plaza Elíptica, que contarán con medidas adicionales de restricción, circulación, velocidad, creación de zonas peatonales, entre otras, debido a que las necesidades de mejora medioambiental en estos puntos son más acusadas.
Otra medida de esta ordenanza es que regula la nueva tarifa dinámica del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) con la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Estacionamiento de Vehículos en determinadas zonas de la capital. La idea es evitar un aumento de los niveles de dióxido de nitrógeno en la ciudad de Madrid.
También aborda el sistema de gestión inteligente del uso de las reservas de carga y descarga de mercancías para reducir las emisiones debida a la logística de recogida y entrega y fomentar el uso de las tecnologías menos contaminantes en el ámbito de la distribución urbana de mercancías. Su uso se realiza mediante registro automatizado y por un tiempo máximo de 30 minutos.
BICICLETAS
Además, obliga a bicicletas, VMP, ciclos, motos y vehículos de dos o tres ruedas a estacionar exclusivamente en los espacios específicamente reservados y señalizados para ello, preferiblemente en la calzada (reservas situadas en bandas de estacionamiento, pudiendo encadenarse a sus elementos de anclaje y separación).
Asimismo, prohíbe la circulación de bicis por túneles, salvo que dispongan de carril reservado para tal efecto y obliga a los ‘riders’ que desarrollen actividad económica de distribución de mercancías o de transporte de personal al uso de casco homologado, indistintamente de su edad.
Por otro lado, se prohíbe el arrendamiento sin baje fija en espacios públicos y en vías públicas urbanas, de sillas de ruedas motorizadas, ‘handbikes’ y otros instrumentos o vehículos similares, especialmente diseñados para personas con movilidad reducida.
FINALIDAD INTEGRADORA
Por otro lado, una medida de esta ordenanza apuesta por la puesta en marcha del bus a demanda nocturna, pudiendo autorizarse en determinadas líneas de autobuses la parada extraordinaria para la bajada y en su caso subida de las personas que así lo soliciten.
A su vez, contempla la creación de las plazas de alta rotación para reducir el tráfico de agitación y favorecer la movilidad del entorno de forma compatible con la demanda de estacionamiento por su proximidad a sedes de administraciones públicas, centros oficiales, equipamientos sanitarios, educativos, culturales, sociales y deportivos o zonas comerciales.
También aboga por las reservas para vehículos CERO emisiones destinados a arrendamientos sin conductor de corta duración y sin base fija, así como reservas para motos, bicis y patinetes, estableciéndose que los vehículos de esta tipología que se dediquen a actividades económicas, ‘sharing’, no podrán ocupan más del 50% de las plazas.
Por primea vez una ordenanza incluye el estudio de las condiciones en que deberá regularse la movilidad aérea urbana de aeronaves pilotadas por control remoto (RPA) cuando lo habilite la normativa comunitaria y estatal sobre operaciones de estos sistemas.
(SERVIMEDIA)
27 Mayo 2021
BMG/man