Autónomos

Gobierno y autónomos acuerdan extender las prestaciones por cese de actividad hasta el 30 de septiembre

MADRID
SERVIMEDIA

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y las organizaciones de autónomos ATA, UPTA y Uatae alcanzaron este jueves un principio de acuerdo para extender las prestaciones por cese de actividad hasta el 30 de septiembre.

Según los detalles difundidos este miércoles por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, la principal novedad en este nuevo esquema de ayudas para los autónomos es que se incluyen exoneraciones de las cuotas a las Seguridad Social para todos los trabajadores por cuenta propia que han estado protegidos en el periodo anterior (entre febrero y mayo, que son casi 460.000) durante los próximos cuatro meses. Estas exoneraciones serán del 90% en junio, 75% en julio, 50% en agosto y 25% en septiembre.

Continúa la prestación extraordinaria por suspensión de actividad, dirigida a aquellos autónomos con una suspensión temporal de toda su actividad como consecuencia de una resolución de las autoridades administrativas por la pandemia. La cuantía de la prestación se eleva al 70% de la base mínima de cotización. Además, el autónomo quedará exonerado de pagar las cuotas a la Seguridad Social, aunque ese periodo le contará como cotizado y, en su caso, será compatible con ingresos del trabajo por cuenta ajena hasta 1,25 veces el Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

También se mantiene la prestación compatible con la actividad para aquellos trabajadores que, reuniendo el requisito de carencia para acceder a la prestación ordinaria de cese de actividad, cumplen dos exigencias adicionales: que su facturación del segundo y tercer trimestre 2021 caiga el 50% respecto al mismo periodo de 2019 y no haber obtenido durante el segundo y tercer trimestre 2021 unos rendimientos netos computables fiscalmente superiores a 7.980 euros.

Quienes no cumplan los requisitos para acceder a esta prestación ni al cese ordinario, podrán solicitar una prestación extraordinaria. La cuantía de la prestación es del 50% de la base mínima de cotización e igualmente está exonerado de abonar las cuotas y computa como cotizado. Los requisitos son acreditar una caída de ingresos del 50% (los ingresos del segundo y tercer trimestre de 2021 deben ser inferiores a los del primer trimestre de 2020) y no tener unos rendimientos netos computables en esos seis meses de 2021 superiores a 6.650 euros.

Por último, también se mantiene, adaptando el periodo de referencia que se amplía a siete meses, la prestación para autónomos de temporada, que es del 70% de la base mínima y requiere no tener ingresos superiores a 6.650 euros en el segundo y tercer trimestre de 2021.

Más de 450.000 autónomos resultaron beneficiarios de las prestaciones extraordinarias de la Seguridad Social el pasado mes de abril. En el momento más intenso de afectación de la pandemia, estas ayudas llegaron a proteger a 1,46 millones de autónomos. La Seguridad Social ha destinado en ayudas para autónomos alrededor de 9.700 millones de euros entre exoneraciones (unos 3.110 millones) y prestaciones (6.610 millones) desde marzo de 2020 a mayo de 2021.

El presidente de ATA, Lorenzo Amor, destacó que es “importante” el pacto alcanzado con el que los autónomos dispondrán de la prestación ordinaria por cese de actividad y la extraordinaria.

Desde UPTA, su presidente, Eduardo Abad, puso en valor que “dialogando y negociando es la única forma” y “no a través de la protesta y del ruido”. Destacó que el acuerdo “va a permitir la estabilidad necesaria para que empresas, autónomos y trabajadores podamos encarar una nueva etapa en esta salida de la crisis que, sin duda, será mucho más llevadera a raíz de los acuerdos alcanzados hoy”.

El acuerdo deberá aprobarse en el Consejo de Ministros extraordinario convocado para mañana, a las 16.30 horas.

(SERVIMEDIA)
26 Mayo 2021
MMR/man