Sector financiero

La CNMC sanciona a Funespaña (Mapfre) con 100.000 euros por no notificar la compra de Funeraria Alianza Canaria

MADRID
SERVIMEDIA

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado con 100.000 euros a Funespaña, sociedad perteneciente al grupo Mapfre, por no notificar en el año 2019 al organismo que compraba la totalidad de Funeraria Alianza Canaria antes de ejecutar la operación.

Según recordó este viernes la CNMC, el incumplimiento del deber de notificación previa en este tipo de adquisiciones, conocido en el argot de competencia como “gun jumping”, constituye una infracción grave regulada en el artículo 62.3.b de la Ley de Defensa de la Competencia).

La CNMC explicó que el control de concentraciones se realiza con carácter previo a que las empresas ejecuten sus operaciones “con el fin de evitar problemas para el interés general y situaciones que, a posteriori, serían difíciles de solventar”.

Si la empresa adquirida no supera los 10 millones de euros, es obligatorio notificar la operación a la CNMC cuando la cuota de mercado individual o conjunta de las empresas involucradas en la transacción sea igual o superior al 50% en cualquiera de los mercados afectados, en el ámbito nacional o en un mercado geográfico definido dentro del mismo.

En el caso de Funespaña, la CNMC requirió de oficio a la compañía que notificara la compra de Alianza Canaria, al considerar que, de acuerdo con los precedentes sobre la definición de los mercados afectados, la operación superaba los umbrales definidos en la Ley de Defensa de la Competencia.

Su sanción llega después de que el expediente concluyese que se da tal condición, al menos, en el mercado minorista de servicios de tanatorio en San Bartolomé de Tirajana (Las Palmas) donde Funeraria Canaria tenía una cuota del 59,9%.

Así, la CNMC ha resuelto que Funespaña fue “negligente” al “realizar un análisis de mercado que se separaba de los precedentes relevantes, hecho que le llevó injustificadamente a no notificar la concentración”. Según recuerda, podría haber utilizado, incluso, los mecanismos voluntarios previos a la notificación que la CNMC pone a disposición de las empresas para contrastar su posición.

Contra la resolución de la CNMC no cabe recurso alguno en vía administrativa, pero Funespaña sí podría interponer recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación.

(SERVIMEDIA)
21 Mayo 2021
ECR/gja