Tribunales
La Audiencia Provincial de Madrid confirma la absolución de Villarejo por denuncia falsa contra el exdirector del CNI
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La Sección número 16 de la Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado la absolución del comisario jubilado José Manuel Villarejo por el delito de denuncia falsa contra el exdirector del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) Félix Sanz Roldán, según sentencia del Juzgado Penal número 8.
La Audiencia entiende que no hay razones para anular la decisión, como había pedido la Fiscalía, a la que da un tirón de orejas porque “se limita a realizar una valoración de las pruebas distinta a la llevada a cabo por el órgano judicial basándose en pruebas personales, es decir, en las declaraciones del acusado y del testigo de la defensa. No ha aportado datos que permitan sostener un razonamiento ilógico en la sentencia recurrida, sino que se ha limitado a sustituir una valoración de pruebas personales por otra distinta, tampoco muy extensa”.
En consecuencia, la Audiencia de Madrid sostiene que “no es posible la revocación de la sentencia absolutoria”, que, por otra parte, “se encuentra bien construida con un constructo argumentario que no adolece de ningún vicio de nulidad” ni es “ilógico o irracional”.
En un principio, la Fiscalía acusaba a Villarejo de calumnias contra Sanz Roldán por señalar al exdirector del CNI como autor de amenazas a la examante del rey emérito Corinna Larsen. Esas acusaciones se hicieron de manera pública en un programa de televisión y la propia empresaria declaró en el juicio que el comisario no se inventó esos hechos, sino que ella se los relató.
Finalmente, el ministerio público formuló una acusación por denuncia falsa contra Roldán por la filtración de una foto suya bajando de un avión en Melilla para cumplir una misión secreta. La absolución llegó porque el tribunal consideró que Villarejo estaba convencido de la veracidad de la filtración y, por tanto, no denunciaba en falso.
Según la Audiencia Provincial, la denuncia fue archivad “no por falsa, sino por carecer de suficiente sustento para dar inicio a un procedimiento penal, que ahora dé lugar a la comisión de un delito de acusación o denuncia falsa por parte del acusado es un salto cualitativo que carece de sustento probatorio”.
(SERVIMEDIA)
13 Mayo 2021
SGR/clc