El Gobierno refuerza la protección de los desplazados por motivos laborales

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros aprobó este martes un real decreto ley de transposición de directivas en distintas materias, entre ellas, sobre desplazamiento de trabajadores con la que se aplicará la mayor parte de la legislación laboral del Estado de acogida cuando los desplazamientos superen los 12 meses.

Según informó la vicepresidencia tercera y el Ministerio de Trabajo y Economía Social, el decreto transpone directivas en materias de competencia, prevención de blanqueo de capitales, entidades de crédito, medidas tributarias, prevención y reparación de daños medioambientales y desplazamiento de trabajadores en la prestación de servicios transnacionales.
Respecto a esta última materia, entre las novedades de la directiva europea 2018/957 que se transpone destaca que determina la aplicación de la mayor parte de la legislación laboral del Estado de acogida a los desplazamientos superiores a 12 meses o 18 en caso de notificación motivada de la prórroga.
Además, se garantiza la aplicación del principio de igualdad de remuneración y de trato entre los trabajadores desplazados cedidos por Empresas de Trabajo Temporal (ETT) y los trabajadores de la empresa usuaria del Estado de acogida y se regulan las consecuencias del desplazamiento en cadena de trabajadores cedidos por ETT a empresas usuarias del mismo u otro Estado miembro de la UE para realizar un trabajo temporal en otro Estado miembro.
Del mismo modo, se amplían las materias sobre las que debe garantizarse la aplicación de la legislación del Estado de acogida a dos más: las condiciones de alojamiento y los complementos o reembolso de gastos de viaje, alojamiento y manutención previstos para los trabajadores que están fuera de su domicilio por motivos profesionales.
Se garantiza la remuneración del Estado de acogida de manera que se incluyan todos los elementos constitutivos de la remuneración que sean obligatorios de acuerdo con la legislación laboral y los convenios colectivos sectoriales del Estado de acogida. La aplicación de los convenios sectoriales se amplía a todos los trabajadores desplazados, y no solo a los del sector construcción.
Por último, se refuerza la labor de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social al prever la posibilidad de que los inspectores sean acompañados en sus visitas por expertos de otros estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, de la Autoridad Laboral Europea u otros habilitados oficialmente.

(SERVIMEDIA)
27 Abr 2021
MMR/gja