Salud
El TSJ concluye que la Comunidad de Madrid "sobrecarga de trabajo" a los médicos de Primaria
- Obliga a Sanidad a establecer un máximo de pacientes atendidos al día y a cubrir las bajas
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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha dado la razón a la plataforma de médicos de Primaria ‘Apsemueve’ en su demanda colectiva contra la consejería de Sanidad por "sobrecarga de trabajo durante años a los centros de salud", situación que llegó a multiplicarse por cinco con la irrupción de la Covid-19.
En su fallo, la Sala de lo Social del TSJM considera probada la sobrecarga de trabajo, y condena a la Consejería de Sanidad a elaborar un plan de riesgos laborales que tenga en cuenta la carga de trabajo y regule aspectos básicos como el máximo permitido de pacientes atendidos al día por cada profesional o el tiempo mínimo que se debe dedicar a cada uno de ellos, así como la obligación de cubrir las bajas.
La sentencia declara que “la Comunidad de Madrid vulneró los derechos de los médicos de atención primaria y pediatras en materia de integridad física y salud, al no haberles dotado de forma completa de los medios y medidas de protección en su centro de trabajo e incumplir con sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales, de valoración de la carga de trabajo de dicho colectivo y evaluación de los riesgos de sus puestos de trabajo".
Por ello, condena a la Consejería a realizar "de forma inmediata un plan de prevención de riesgos laborales con la valoración de los puestos de trabajo de los médicos de atención primaria y pediatras, una evaluación de sus riesgos y determinación de la carga de trabajo, fijando los cupos, número máximo de pacientes a atender por jornada de trabajo y tiempo mínimo de dedicación a cada uno". Insta asimismo a Sanidad a establecer "una plantilla acorde con ello y a cubrir las vacantes existentes.
Según la plataforma demandante, "es la primera sentencia de un Tribunal Superior de Justicia que analiza de forma pormenorizada la carga de trabajo y la falta de plantilla como elemento de prevención de riesgos laborales y su importancia en el análisis de los puestos de trabajo".
También es pionera en reconocer que “su falta de valoración atenta directamente contra la salud de los trabajadores”, al condenar a la Consejería de Sanidad de la CAM a tener en cuenta estos elementos "en la legalmente exigible valoración de puestos de trabajo de los médicos de Atención Primaria y pediatras, que tienen en este momento un altísimo grado de absentismo y de afectación clínica por las exigencias de su trabajo".
Finalmente, el fallo destaca la falta de valoración de la Covid 19 como riesgo biológico existente, y condena a la CAM a realizar los estudios de la carga de trabajo y plantilla necesaria para evitar los riesgos para la salud de médicos y pediatras.
(SERVIMEDIA)
09 Abr 2021
AGQ/clc