El Supremo respalda que no se expediente a Chaves por las ayudas a la empresa de su hija

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal Supremo ha avalado este miércoles la decisión de la Junta de Andalucía de no abrir un expediente sancionador al vicepresidente tercero del Gobierno y expresidente andaluz, Manuel Chaves, por las subvenciones otorgadas por el gobierno regional a la empresa de la que era apoderada su hija.

Los magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo han estimado el recurso de casación interpuesto por la Junta de Andalucía, según informaron fuentes del Alto Tribunal.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) anuló en enero pasado por “arbitraria e injustificada” la decisión del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía de no abrir expediente sancionador a Chaves por no inhibirse en los procedimientos de concesión de subvenciones a la empresa Minas de Aguas Teñidas (Matsa), de la que era apoderada su hija.

El Alto Tribunal andaluz señalaba en su resolución que Chaves podría haber incumplido así la Ley de Incompatibilidades de Altos Cargos. La Junta recurrió entonces la orden de apertura del expediente ante el Tribunal Supremo.

Los magistrados de lo Contencioso-Administrativo del Supremo, reunidos esta mañana en deliberación, han dado la razón a la Junta de Andalucía al concluir que los cinco miembros del PP de la comunidad que acudieron al TSJA no tenían legitimidad para recurrir la decisión de la Junta de no abrir expediente a Chavez, según el fallo adelantado hoy por el Alto Tribunal.

(SERVIMEDIA)
14 Sep 2011
DCD/gfm