IRPF
Gestha señala que la mayoría de beneficiarios de ERTE tendrán que declarar IRPF y recomienda comprobar el borrador
- Sólo quienes hayan cobrado del SEPE menos de 1.500 euros en el ejercicio no tendrán que declarar IRPF
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El sindicato de técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) señaló este martes que la mayor parte de los trabajadores que hayan estado en un Expediente de Regulación Temporal de eEmpleo (ERTE) deberán hacer la declaración de IRPF, y recomendó comprobar el borrador a aquellos que hayan tenido que devolver una parte de la prestación por errores en su pago por parte del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
Así lo indicaron ante la proximidad del inicio de la Campaña de la Renta 2020, que tendrá lugar del 7 de abril al 30 de junio, y sobre la que destacaron que la principal novedad estará en el impacto fiscal en aquellos trabajadores que hayan estado en ERTE como consecuencia del cierre temporal de negocios provocado por el estado de alarma.
En este sentido, los técnicos recordaron que las cantidades pagadas por el SEPE como consecuencia de un ERTE se consideran rendimiento del trabajo, al igual que el resto de sueldos o salarios, y que el SEPE se considera un segundo pagador en el Impuesto sobre la Renta.
Así, Gestha recordó que la Ley del IRPF no obliga a presentar declaración si los rendimientos del trabajo no superan los 14.000 euros anuales, cualquiera que sea el número de pagadores, ni tampoco a declarar a los trabajadores que hayan percibido menos de 22.000 euros aun cuando provengan de más de un pagador siempre que el total de retribuciones del segundo y ulteriores no superen los 1.500 euros. De esta forma, los asalariados que hayan cobrado entre 14.000 y 22.000 euros en 2020 tendrán obligación de declarar si lo percibido del SEPE el pasado año supera los 1.500 euros anuales.
Además, los técnicos también aclararon que la baja cuantía de la percepción por el ERTE no será objeto de retención en la mayoría de los casos y que, como la retención de la empresa será inferior porque los salarios anuales han sido más bajos, la devolución de la declaración se reducirá bastante, e incluso les podría resultar a ingresar si no tienen cargas familiares ni deducciones.
Por otro lado, debido a que se han pagado indebidamente prestaciones por ERTE a trabajadores que ya se habían reincorporado a la actividad laboral, y a que ha habido errores en las cantidades pagadas, Gestha recuerda que estas situaciones han requerido devoluciones al SEPE y que, si estos reintegros han tenido lugar en 2020, el cobro correcto debe estar reflejado en los datos fiscales de la Agencia Tributaria, mientras que si la devolución se ha exigido en 2021, “habrá un importe superior en los datos fiscales, y hay que modificar el borrador para que este error no afecte a esta declaración de la renta”.
Por ello, Gestha recomienda a estos trabajadores que revisen el borrador para comprobar que no se ha incluido la prestación reembolsada o a reembolsar.
(SERVIMEDIA)
16 Mar 2021
IPS/clc