Ampliación

Los empleados del hogar cotizarán entre 20 y 165 euros al mes

- Las familias pagarán las bajas por incapacidad entre el tercer y octavo día

MADRID
SERVIMEDIA

Los empleados del hogar cotizarán entre 19,84 euros y 164,6 euros al mes por su trabajo, fruto de la reforma que supondrá la inclusión de este colectivo en el Régimen General de la Seguridad Social.

Según explicó este martes en rueda de prensa el ministro de Trabajo e Inmigración, Valeriano Gómez, los empleados del hogar cotizarán en función de las horas trabajadas con un mínimo de casi 20 euros, hasta los cerca de 165 euros. Entre estas dos cuantías, hay un total de 15 escalones de cotización.

Además, la reforma establece que el contrato del empleado del hogar deberá de realizarse por escrito y no podrá ser, como hasta ahora, de carácter temporal anual sin justificación. Asimismo, aumenta de 7 a 12 días de salario la indemnización en caso de despido. En este caso, se mantiene la atención a la "situación de confianza" que debe existir entre el trabajador y el cabeza de familia, de tal forma que se mantiene la posibilidad de que el empleador rompa la relación laboral. No obstante, la reforma exigirá que no influyan en la decisión del empleador cuestiones discriminatorias.

Los empleados del hogar también tendrán derecho a una prestación en caso de incapacidad temporal que, entre los primeros tres a ocho días cubrirá el empleador, y que a partir del noveno día pagará la Seguridad Social.

SIN PARO

Sin embargo, estas personas no tendrán, por ahora, derecho a una prestación por desempleo, aunque el ministro explicó que "por primera vez" se recoge que en el futuro podría implantarse un sistema específico de protección por desempleo para este colectivo.

Para ello, un grupo de expertos analizará la situación del colectivo durante 2012 y hará propuestas para tomar medidas en 2013. Según Gómez, uno de las principales dificultades para implantar este sistema de protección es la labor de la inspección de trabajo para evitar fraudes.

Distinta será la situación de las personas que trabajen en tareas domésticas a través de una empresa, ya que éstas cotizarán en el Régimen General como cualquier otro trabajador por cuenta ajena.

La reforma establece también que el mínimo pago en metálico a los trabajadores domésticos será el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), y reduce la proporción del sueldo cuyo pago puede realizarse en especie (cuando el empleado reside en el hogar familiar) al 30%, frente al 45% actual.

También fija que los empleados del hogar percibirán dos pagas extraordinarias al año cuyo importe no podrá ser inferior al SMI mensual; y amplía el periodo de descanso entre jornadas a 12 horas, en vez de las 10 horas que se aplican en la actualidad.

En los casos en los que la actividad incluya el régimen de pernocta en el domicilio, se permite un mínimo de 10 horas de descanso pero siempre y cuando el tiempo libre no disfrutado se recupere durante las cuatro semanas siguientes.

REFORMA EMBLEMÁTICA

En la rueda de prensa conjunta con los líderes de CCOO y UGT, Gómez destacó que esta reforma tiene un "carácter simbólico" y era "largo tiempo esperada".

En cuanto a la mejora de los ingresos de la Seguridad Social que supondrá esta reforma, el ministro apuntó que "todo depende de cuánto empleo informal puede surgir".

En este sentido, aseguró que "si emergiera todo el empleo, podría ser un efecto muy importante, pero hay que darle tiempo al tiempo".

(SERVIMEDIA)
26 Jul 2011
MFM/GFM