Monarquía
Los inspectores de Hacienda niegan inacción ante las irregularidades fiscales de Juan Carlos I
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La Asociación de Inspectores de Hacienda del Estado (IHE) emitió este martes un comunicado en el que criticó las acusaciones de “inacción” vertidas sobre la Agencia Tributaria en relación a las irregularidades fiscales del rey emérito, Juan Carlos I, y su última regularización, y presentó varios argumentos “jurídico-prácticos” para explicar su actuación en este tema.
En primer lugar, la IHE recordó el carácter reservado de los datos de la Administración Tributaria y que, por tanto, ésta “no puede hacer público si está o no investigando a una persona determinada, o si tiene intención de hacerlo”.
A este respecto, además, la asociación aseguró que no tiene “información completa y detallada sobre este asunto” y que, por tanto, no puede “afirmar ni negar que las actuaciones se hubieran o no iniciado antes de esta regularización”, resaltando que “es justamente así como debe ser”, porque los funcionarios de la Agencia Tributaria “deben guardar el más estricto sigilo”.
En cualquier caso, los inspectores de Hacienda apuntaron que “las manifestaciones que dan por supuesto la inacción de la Agencia Tributaria dañan su imagen y afectan muy negativamente a la conciencia fiscal de todos los ciudadanos”, al considerar que “este tipo de casos echan por tierra años de trabajo sordo, efectivo y costoso, de creación de una conciencia fiscal basada en el cumplimiento, pero también en la creencia de que los mecanismos de control funcionan y no existen tratos de favor”.
Además, la IHE destacó que “el grado de confidencialidad de las actuaciones de la AEAT es muy elevado, como pone de manifiesto el hecho de que, en multitud de casos de famosos con problemas con Hacienda, nada trasciende a la opinión pública, hasta que estos casos son dirimidos ante los tribunales de Justicia”.
En segundo lugar, la asociación recordó que las actuaciones penales priman sobre las administrativas, por lo que “la Administración no puede actuar sobre un asunto sobre el que ya están actuando los jueces o fiscales”. En este sentido, señalaron que “a tenor de las noticias que han rodeado los asuntos económicos del Rey emérito en los últimos tres años, parecen haber existido actuaciones judiciales o diligencias de la Fiscalía del Tribunal Supremo, iniciadas sobre información recibida de otros países”. Por tanto, añadieron, “se trata de información desconocida entonces por la AEAT, cuyo auxilio fue solicitado, y, en relación a esa prejudicialidad penal, no podría iniciar actuaciones de comprobación”.
En tercer lugar, en lo que se refiere a las regularizaciones “voluntarias”, los inspectores indicaron que éstas impiden la persecución de los delitos fiscales, pero que para ellos es necesario que contribuyente haya reconocido y pagado completamente el pago de su deuda tributaria, incluyendo los intereses de demora y recargos, antes de que la Administración Tributaria le haya notificado el inicio de actuaciones, denuncias o diligencias por parte de la AEAT, del Ministerio Fiscal o del Juez de Instrucción.
Así, la IHE explicó que “si fuesen ciertas las noticias publicadas en ciertos medios, que señalan que la Fiscalía ha notificado al rey las diligencias de investigación abiertas, las regularizaciones efectuadas no impedirían la persecución de los delitos fiscales cometidos”. Sobre esta cuestión recordaron que la nota de prensa emitida por el abogado de Juan Carlos I “se manifiesta que no ha existido ningún requerimiento previo, pero no dice nada respecto de si tiene conocimiento formal de las diligencias practicadas por la Fiscalía”.
PROPUESTAS
Por último, la asociación señaló varias propuestas que ya presentaron en 2014 en un documento en el que ya reflexionaba sobre el papel de la Agencia Tributaria, “que siendo el organismo con mayor conocimiento del ámbito tributario no pudiera investigar y denunciar previa instrucción del expediente, pese a tener más medios y ser más eficiente y rápida en sus actuaciones que la Administración de Justicia”.
En este sentido, propone medidas como reconocer a la Agencia Tributaria la competencia para investigar los delitos contra la Hacienda Pública, para lo que es necesario que la Ley General Tributaria regule el procedimiento administrativo tributario, “dando competencias plenas a la AEAT y coordinándolas con las de la Fiscalía, sin subordinación de uno a otro”.
También reclama la creación de equipos mixtos con la Fiscalía para la investigación de delitos económicos graves; suprimir o limitar los efectos de la “atenuante de reparación” por la que se exime al defraudador de ir a la cárcel si devuelve el dinero defraudado; crear una “policía fiscal y un órgano específico para luchar contra la corrupción, la Oficina Antifraude (ONAF)”.
“Todas estas cuestiones, criticadas ya por nuestra Asociación en 2014, mantienen toda su vigencia y explican cómo en casos con relevancia penal como el del Rey emérito, puede no ser la AEAT la que comande las investigaciones tributarias de un obligado tributario”, argumentó la asociación, que pide también, entre otras cuestiones, “que en todos aquellos casos de contribuyentes que hayan regularizado cuotas que superen el umbral penal se inicie necesariamente un procedimiento inspector para comprobar si se ha producido un completo reconocimiento y pago de la deuda tributaria, y se evite la posibilidad de que se puedan realizar sucesivas regularizaciones sin consecuencias penales”.
Por último, también abogó por ampliar el plazo para que la administración tributaria realice comprobaciones, que actualmente es de 4 años, “por lo que imposibilita que la AEAT tenga facultades para comprobar delitos fiscales agravados, cuya prescripción es de 10 años”.
(SERVIMEDIA)
02 Mar 2021
IPS/pai