Impuestos
El Gobierno interpone un recurso de inconstitucionalidad contra un artículo de la reforma del IRPF en Cataluña
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El Consejo de Ministros aprobó este martes la interposición de un recurso de inconstitucionalidad contra el artículo 88 de la ley de la comunidad autónoma de Cataluña de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público y de creación del impuesto sobre instalaciones que inciden en el medioambiente, aprobada en abril de 2020, que aumenta el mínimo personal de tributación del IRPF.
Así lo indicó la portavoz del Gobierno y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, quien explicó que el recurso se interpone porque las comunidades autónomas no pueden crear nuevas categorías que afecten al mínimo personal del IRPF. Por ello, señaló que “el problema no está en elevar este mínimo personal”.
En este sentido, Montero explicó que “Cataluña tiene competencias para elevar hasta el 10% este mínimo personal y familiar si así lo desea en alguno de los supuestos que se contemplan ya y que están relacionados con la edad del contribuyente, los hijos o los mayores a cargo”.
Sin embargo, prosiguió, Cataluña “crea esa nueva categoría que son contribuyentes a los que le suma las bases liquidables general y del ahorro diciendo que si son igual o inferior a 12.450 euros procede actuar de una forma o de otra”. En concreto, el artículo de la norma catalana establece elevar el mínimo de 5.550 euros a 6.105 euros.
A este respecto, la portavoz del Ejecutivo también apuntó que había un total de siete artículos en dicha norma que el Gobierno consideraba que podían ser inconstitucionales, pero que en las reuniones celebradas con la Generalitat en el marco de la comisión bilateral de cooperación se llegó a un acuerdo sobre seis de ellos “que ya se han corregido en la norma correspondiente”, quedando únicamente por resolver lo relativo al artículo 88.
Así, Montero señaló que el Gobierno transmitió a la Generalitat que “podía optar por otros caminos para beneficiar a ese colectivo; tiene margen para hacerlo por ejemplo a través de una deducción autonómica en la cuota de ese impuesto”.
“Las comunidades autónomas tienen amplias competencias sobre esta materia, sobre este impuesto, para elevar este mínimo personal y familiar del IRPF, pero siempre dentro de los conceptos ya definidos que están dentro de la arquitectura del propio impuesto”, concluyó la ministra.
(SERVIMEDIA)
02 Mar 2021
IPS/gja