Aprobado el decreto que regula la actividad sanitaria en los servicios de riesgos laborales
- Pretende "corregir prácticas inadecuadas", como los exámenes de salud no relacionados con el riesgo laboral
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
El Consejo de Ministros aprobó este viernes el nuevo decreto que regula la actividad sanitaria de los servicios de prevención de riesgos laborales, que, entre otros objetivos, se propone "corregir prácticas inadecuadas" como la realización de exámenes de salud no relacionados con el riesgo laboral.
Según informó el Gobierno, la nueva norma, que refuerza la figura del médico especialista en medicina del trabajo, quiere servir para homogeneizar las acciones de vigilancia de la salud de los trabajadores en todo el territorio nacional.
Establece que el servicio sanitario del servicio de prevención de riesgos laborales deberá contar con un especialista en medicina del trabajo como director técnico.
En la misma línea, precisa la cualificación y número de profesionales sanitarios requeridos para el ejercicio de la actividad sanitaria en función de los trabajadores tutelados, que será adecuado a la población que haya que vigilar, a los riesgos existentes y a las funciones que vayan a desarrollar.
Así, el texto señala que hasta 2.000 trabajadores se exigirá una Unidad Básica compuesta por un médico del trabajo o de empresa y un enfermero de empresa o del trabajo.
El servicio sanitario podrá establecerse en locales propios, alquilados o cedidos, que deberán cumplir requisitos como disponer, en su acceso, de una placa que identifique y recoja los datos de autorización sanitaria.
Para facilitar la tarea a los interesados, el decreto prevé que el Ministerio de Sanidad elabore una guía básica y general de orientación de las actividades de vigilancia de la salud para la prevención de riesgos laborales.
(SERVIMEDIA)
17 Jun 2011
IGA/caa