Cultura
C. Tangana sale en defensa de Hasél: "Los artistas debemos expresarnos sin miedo a ir a la cárcel"
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El conocido músico C. Tangana se ha unido a la campaña de Amnistía Internacional contra el encarcelamiento del rapero Pablo Hasél, que entrará esta semana en prisión por enaltecimiento del terrorismo en sus letras. En un vídeo, ‘El Madrileño’ anima a actuar para que "los artistas podamos expresarnos sin miedo a ir a la cárcel".
Este viernes se cumple el plazo para que el rapero entre en prisión por un delito de enaltecimiento del terrorismo, tras ser condenado también por injurias contra la Corona y contra las instituciones del Estado.
Amnistía Internacional considera que el encarcelamiento de Hasél “es injusto” y ha lanzado una nueva campaña para exigir la reforma del Código Penal, puesto que considera que “algunos de sus artículos vulneran el derecho a la libertad de expresión”.
El artista C. Tangana ha participado en la campaña con un vídeo en el que anima a la gente a actuar para cambiar la ley, de forma que "los artistas podamos expresarnos sin miedo a ir a la cárcel".
“Nadie debería ser procesado penalmente sólo por expresarse en redes sociales o por cantar algo que pueda ser desagradable o escandaloso. No se pueden penalizar expresiones que no incitan de manera clara y directa a la violencia. Si no se modifican estos artículos, se seguirá silenciando la libertad de expresión”, señaló el director de Amnistía, Esteban Beltrán.
Y es que, a su juicio, "la entrada en prisión de Hasél es una restricción excesiva y desproporcionada de su libertad de expresión, pero no es el único que sufre las consecuencias de leyes injustas”.
Pablo Hasél ha sido condenado a nueve meses de prisión y seis años de inhabilitación por un delito de enaltecimiento del terrorismo. También ha sido condenado por los delitos de injurias a la Corona y contra las instituciones del Estado.Ademñas, tendrá que afrontar una multa de casi 30.000 euros.
Su caso es similar al de otros artistas como César Strawberry (‘Def con Dos’) o la estudiante Cassandra. Todos ellos fueron procesados en virtud del artículo 578 del Código Penal, que prohíbe el “enaltecimiento” del terrorismo y la “humillación de las víctimas de los delitos terroristas”.
En los últimos años se ha reducido el número de personas condenadas por enaltecimiento al terrorismo a través de redes sociales, pasando de 35 en 2016 a solo una en 2020. Sin embargo, en 2019 se celebraron nueve juicios en España por este tipo de delito.
España ya fue condenada hasta en tres ocasiones en 2011, 2016 y 2018 por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos por aplicación del artículo de injurias a la Corona, en vulneración del artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
En cuanto al delito de ofensa contra los sentimientos religiosos, Amnistía Internacional alerta del posible efecto disuasorio que podría tener sentencias como la del pasado 10 de noviembre de 2020, en la que un juzgado de lo Penal de Málaga condenó a una mujer por un delito contra los sentimientos religiosos por expresiones utilizadas durante una movilización ciudadana, a una de pena de multa de 2.700 euros.
(SERVIMEDIA)
10 Feb 2021
GIC/gja