Economía

Competencia llevó a cabo tres actuaciones sobre la unidad de mercado en enero

MADRID
SERVIMEDIA

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) llevó a cabo durante el mes de enero tres actuaciones relacionadas con la Ley de Garantía de la Unidad de Mercado que afectaron a los servicios de consultoría técnica y en materia de subvenciones públicas.

En un comunicado, la CNMC informó de que una de sus actuaciones se produjo a petición de una empresa de la localidad de Valdivia, perteneciente a Villanueva de la Serena (Badajoz), que fue excluida de una convocatoria de ayudas a causa de un criterio de territorialidad convocado por el Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. La empresa denunció que la exclusión se produjo por estar domiciliada en una entidad menor, Valdivia.

La CNMC ya concluyó que los criterios de participación en la convocatoria de ayudas vulneraban el principio de no discriminación de la ley de unidad de mercado y realizó un requerimiento previo. Tras la desestimación del mismo, la Comisión acordó la interposición de un recurso contencioso-administrativo.

Otra actuación se refiere al rechazo de la competencia de un ingeniero de minas para realizar informes de evaluación de edificios en Asturias.

La CNMC ya había resuelto casos similares en los que los profesionales capacitados para esa función se incluyen dentro de los considerados “técnicos competentes”, por lo que requirió al gobierno regional y éste se reafirmó en su postura. La Comisión concluyó interponer un recurso especial.

La última actuación se refiere a la reserva profesional en diversas licitaciones públicas de contratos de obras referida al desempeño de las funciones de coordinador de seguridad y salud, a favor de los arquitectos e ingenieros de edificación.

Competencia consideró que exigir requisitos concretos de cualificación profesional por parte de las administraciones públicas para el desarrollo de una actividad específica constituye una restricción de acceso a la actividad económica y contraria a la ley de unidad de mercado, ya que “no se ha justificado ni la necesidad ni la proporcionalidad de la exigencia”.

(SERVIMEDIA)
05 Feb 2021
MMR/gja