Vivienda

El Congreso rechaza que Ábalos dé explicaciones por el decreto que permite suspender desahucios de viviendas ocupadas

MADRID
SERVIMEDIA

La Diputación Permanente del Congreso de los Diputados rechazó este lunes una petición del PP para que comparezca el ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, José Luis Ábalos, en la Cámara Baja para dar explicaciones sobre el real decreto ley que permite suspender los desahucios de viviendas ocupadas en algunas circunstancias.

La petición fue apoyada por 30 diputados, rechazada por 36, mientras que otros 2 se abstuvieron. En su defensa, el portavoz del PP, Mario Garcés, denunció que esta normativa “socava la propiedad privada” al “dar carta de naturaleza a la ocupación de la vivienda”, y recordó que su formación va a denunciarla ante el tribunal Constitucional.

“Están reemplazando el derecho de propiedad privada por el derecho de propiedad ajena”, añadió Garcés, quien acusó al PSOE de emprender “el camino de vuelta al marxismo” como forma de pago del tributo a “Pablo Iglesias II”.

Entre las formaciones que votaron a favor de la comparecencia de Ábalos por este motivo, en nombre de Vox, Roció De Meer anunció que su formación también llevará esta norma ante el Constitucional y la tachó de “humillación para los españoles más humildes”.

Por su parte, María Muñoz, de Ciudadanos, advirtió de que “el Gobierno no puede pretender que el sector privado asuma lo que es incapaz de hacer el sector público con la vivienda social”, y anticipó problemas de seguridad jurídica que afectarán a los inversores y a los precios del alquiler.

Entre las formaciones que dan apoyo al Gobierno, César Ramos (PSOE) pidió al PP que “deje de meter miedo porque el decreto no protege las ocupaciones con intimidación o violencia o a quienes llevan a cabo actividades ilícitas”, y reprochó a la formación dirigida por Pablo Casado que “le moleste tanto que el Gobierno proteja a las personas más débiles”.

Asimismo, el portavoz de Unidas Podemos, Rafael Mayoral, defendió la importancia de esta medida en la actual “situación de emergencia sanitaria” que hace “necesario que la gente se pueda quedar en casa”, y criticó el apoyo del PP a las socimis, que “son auténticos paraísos fiscales”.

Por último, entre los que votaron en contra de la comparecencia del ministro, Mikel Legarda, del PNV, defendió que la presencia de Ábalos no tiene sentido cuando todavía no se ha convalidado el decreto, momento en que deberá defender la norma ante la Cámara Baja.

LA NORMA

Transportes abrió la posibilidad de suspender los alzamientos de viviendas ocupadas en el real decreto que extiende hasta la finalización del estado de alarma los desahucios a familias vulnerables sin alternativa habitacional. Para que se pueda parar el desahucio de una vivienda ocupada, debe haber en estos hogares personas dependientes, víctimas de violencia sobre la mujer o menores de edad a cargo.

En este supuesto, se establece la posibilidad de que el Juez, previa valoración ponderada y proporcional del caso concreto, tenga la facultad de suspender el lanzamiento, cuando los propietarios de estos inmuebles sean personas físicas o jurídicas titulares de más de 10 viviendas, solicitando informe a los servicios sociales competentes con objeto de que puedan valorar la situación de vulnerabilidad económica e identificar las medidas a aplicar para dar respuesta a dicha situación.

La nueva norma establece en este caso que la suspensión del procedimiento nunca podrá dictarse cuando la vivienda sea la residencia habitual o segunda residencia del propietario o cuando el inmueble se encuentre cedido a una persona física que tenga en él su domicilio habitual o segunda residencia.

Además, la entrada o permanencia en la vivienda no se puede haber llevado a cabo mediando intimidación o violencia sobre las personas, aunque posteriormente el Gobierno modificó la normativa para permitir que los ocupantes puedan estar inmersos en causas penales.

Otras exigencias para suspender estos alzamientos son que no puede haber indicios racionales de que la vivienda se esté utilizando para la realización de actividades ilícitas, que se trate de inmuebles destinados a vivienda social y ya se hubiera asignado la vivienda a un solicitante, o que la entrada en el inmueble se haya producido con posterioridad al 23 de diciembre de 2020, la fecha de entrada en vigor del real decreto-ley.

En caso de que no se ofrezca una solución habitacional en los 3 meses siguientes desde la emisión del informe de los servicios sociales, los propietarios del inmueble tendrán derecho a solicitar una compensación siempre que se acredite el perjuicio económico ocasionado.

(SERVIMEDIA)
25 Ene 2021
JBM/clc