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Sortu. El Supremo declara ilegal a Sortu y le impide presentarse a las elecciones

- Considera que es una continuación de Batasuna y que está al servicio de ETA

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala del 61 del Tribunal Supremo ha decretado que Sortu es una formación ilegal y que no puede, por lo tanto, presentarse a las elecciones al concluir que el nuevo partido de la izquierda abertzale es una continuación de Batasuna y que está al servicio de ETA.

A Sortu sólo le queda la posibilidad de acudir al Tribunal Constitucional para, a través de un recurso de amparo, intentar revocar la decisión del Supremo y poder estar finalmente presente en los comicios del próximo 22 de mayo.

La novedad en este proceso ha radicado en que los 16 magistrados que componen la Sala del 61, encabezados por el propio presidente del Tribunal Supremo, Carlos Dívar, no han logrado alcanzar una decisión por unanimidad, como había ocurrido en todos los procedimientos abiertos anteriormente contra partidos de la izquierda abertzale.

Varios de los magistrados de la Sala del 61 se han descolgado de la decisión mayoritaria y han anunciado que emitirán tres votos particulares, según señalaron fuentes del Supremo.

La mayoría de magistrados se han sumado en cambio a las tesis del instructor de la causa, Carlos Lesmes, quien ha impulsado la resolución que impide a Sortu inscribirse en el Registro de Partidos Políticos del Ministerio del Interior.

El Alto Tribunal ha decidido por tanto estimar las demandas interpuestas por Fiscalía y Gobierno –a través de la Abogacía del Estado- contra Sortu.

El texto íntegro del auto, en el que los magistrados del Alto Tribunal explicarán la decisión adoptada y detallarán sus argumentos, se dará a conocer en los próximos días.

Los abogados de Sortu deberán esperar a conocer la resolución íntegra para poder presentar un recurso ante el Tribunal Constitucional. La única ocasión en la que el Constitucional ha revocado una ilegalización decretada por el Supremo fue en el caso de Iniciativa Internacionalista, que pudo finalmente presentarse a las elecciones europeas de junio de 2009.

NUEVE HORAS REUNIDOS

Los 16 magistrados de la Sala del 61 adoptaron esta decisión tras casi nueve horas de deliberaciones. La reunión arrancó a las 10.00 horas de este miércoles con la lectura y defensa de la ponencia elaborada por el magistrado Carlos Lesmes.

Tras una pausa de cerca de dos horas para comer, la Sala retomó las deliberaciones a las 16.15 horas y no adoptó una decisión definitiva hasta poco después de las 21.30 horas.

El Ministerio Público y el Gobierno a través de la Abogacía del Estado pidieron en sus demandas a la Sala del 61 que prohibiese la inscripción de Sortu en el Registro de Partidos al entender que la formación es continuación de Batasuna, que su rechazo a la violencia es meramente ornamental y que está al servicio de ETA.

El nuevo partido, en cambio, sostuvo ante el Supremo que su legalización “acelerará” la desaparición de ETA y traerá “el fin de la violencia en el País Vasco y en el Estado”. El letrado de Sortu, Iñigo Iruin, aseguró este martes en la vista celebrada en el Tribunal Supremo que existe una ruptura real entre la izquierda abertzale y la banda terrorista que se ha plasmado en un rechazo sincero a la violencia de ETA.

“Si la tregua se rompe, con las obligaciones asumidas en estos estatutos ya no hay vuelta atrás, ETA hará lo que quiera, pero los miembros de Sortu están comprometidos en contra de la violencia”, señaló el abogado.

(SERVIMEDIA)
23 Mar 2011
DCD/jrv