Tratados internacionales

España ratifica el Convenio contra el Tráfico de Órganos del Consejo de Europa

Madrid
SERVIMEDIA

El Gobierno español ratificó este martes en Estrasburgo (Francia) el Convenio contra el Tráfico de Órganos del Consejo de Europa, un texto que se abrió para su firma en Santiago de Compostela en el año 2015.

Según informó Exteriores, con esta ratificación, “España refuerza su contribución a la lucha contra este delito y continúa desarrollando el marco jurídico del Consejo de Europa acorde con su compromiso con esta organización de referencia en materia de derechos humanos”.

España fue, junto a otros 14 países, uno de los primeros firmantes y jugó un papel decisivo en la elaboración del documento. De hecho, el convenio se elaboró en respuesta a un estudio promovido conjuntamente por el Consejo de Europa y la ONU del que fue autora la Organización Nacional de Trasplantes (ONT) en el que se concluía la necesidad de “desarrollar un tratado internacional específicamente diseñado para combatir el tráfico de órganos”.

El convenio obliga a los Estados a tipificar como delito la extracción ilícita de órganos humanos y su uso para trasplantes o para otros fines, y otras acciones relacionadas.

La extracción ilícita de órganos se define como “aquella en la que media la compraventa o en la que no se garantiza el consentimiento válido del donante vivo o los requisitos de autorización para la obtención de órganos de donantes fallecidos que marca la legislación nacional”.

Además, incluye medidas para la protección de las víctimas y para la prevención del delito, como la necesidad de asegurar la transparencia de los sistemas nacionales de trasplante y el acceso equitativo a esta terapia.

También incorpora disposiciones para el fomento de la cooperación internacional y representa la oportunidad de lograr una acción concertada a nivel mundial mediante la armonización de las legislaciones nacionales.

La ratificación hoy de este Convenio por parte de España está precedida de la modificación del Código Penal español en 2019, el cual, en su artículo 156 bis, tipifica el tráfico de órganos como delito castigándolo con la pena de prisión de seis a doce años tratándose del órgano de una persona viva y de prisión de tres a seis años tratándose del órgano de una persona fallecida.

(SERVIMEDIA)
15 Dic 2020
MST/clc